La estructura y organización escolar de los centros secundaria


Trabajo, 2006

30 Páginas, Calificación: Sehr Gut


Extracto


ÍNDICE

1.-ANÁLISIS DEL SISTEMA EDUCATIVO ACTUAL ESPAÑOL A LA LUZ DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE.
1.1.-LA LEY ORGÁNICA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE).
1.1.1.-BREVE INTRODUCCIÓN HISTÓRICA
1.1.2.-ANÁLISIS DEL SISTEMA EDUCATIVO DE LA LOGSE
1.1.3.-LA EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA LOGSE
1.2.-LEY ORGÁNICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN ( LOCE, 2002)
1.2.1.-LA EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA LOCE.
1.3.-LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE)
1.3.1.-EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA LOE

2.-CARACTERÍSTICAS DE LAS DIFERENTES ETAPAS EDUCATIVAS EN LOS CENTROS DE SECUNDARIA. ANÁLISIS DEL SISTEMA EDUCATIVO SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
2.1.-EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
2.1.1.- ANÁLISIS LEGISLATIVO
2.1.2.-CARACTERÍSTICAS Y ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.
2.2.-BACHILLERATO.
2.2.1.- ANÁLISIS LEGISLATIVO
2.2.2.- CARACTERÍSTICAS Y ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS EN BACHILLERATO.
2.3. BACHILLERATO EN RÉGIMEN NOCTURNO.
2.3.1.-ANÁLISIS LEGISLATIVO Y CARACTERÍSTICAS.
2.4.-FORMACIÓN PROFESIONAL.
2.4.1.-ANÁLISIS LEGISLATIVO.
2.4.2.- CARACTERÍSTICAS Y ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS EN FORMACIÓN PROFESIONAL.
2.5.-MENCIÓN A LOS PROGRAMAS DE GARANTÍA SOCIAL.

3.- ÓRGANOS DE GOBIERNO, PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN DIDÁCTICA EN CENTROS DE SECUNDARIA
3.1.- ÓRGANOS DE GOBIERNO Y PARTICIPACIÓN
3.1.1. ANÁLISIS LEGISLATIVO
3.1.2.-ÓRGANOS DE GOBIERNO Y PARTICIPACIÓN.
3.2.-ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE
3.2.1. DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN Y DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES
3.2.2. DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS
3.2.3. COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
3.2.4. LOS TUTORES Y JUNTAS DE PROFESORES DE GRUPO

BIBLIOGRAFÍA
LEGISLACIÓN BÁSICA:
LEGISLACIÓN CURRICULAR SOBRE ENSEÑANZAS MÍNIMAS (MEC.)
LEGISLACIÓN EDUCATIVA DE CASTILLA Y LEÓN
LEGISLACIÓN ESPECÍFICA CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

1.-ANÁLISIS DEL SISTEMA EDUCATIVO ACTUAL ESPAÑOL A LA LUZ DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE.

1.1.-LA LEY ORGÁNICA DE ORDENACIÓN GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE).

1.1.1.-BREVE INTRODUCCIÓN HISTÓRICA

La Ley de Educación, Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 3 de Octubre de 1990 (LOGSE), introdujo cambios importantes en el sistema educativo español regido por la Ley General de Educación (LGE) de 1970.

Las principales razones para llevar a cabo tal reforma fueron plasmadas en un Documento (Libro Blanco)[1] publicado en 1987 por el Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) en el que se hacía una propuesta de reforma de enseñanza en sus diferentes tramos de infantil, primaria, secundaria y profesional. Asimismo se realizó un diagnóstico de las insuficiencias y carencias del sistema educativo establecido por la Ley de 1970. En materia de Educación Secundaria, “enseñanzas medias”, se señaló en dicho informe que era el nivel educativo con mayores problemas. En esta etapa coexistían la Formación Profesional y el Bachillerato. La Formación profesional estaba desvalorizada en el mercado de trabajo y con escasa conexión en la práctica laboral. El Bachillerato era excesivamente academicista, se ponía énfasis en la adquisición de aprendizajes memorísticos y se impartían, en los cursos superiores, unos contenidos muy alejados del entorno social y cultural.

Junto al deseo del legislador de acometer la reforma de la enseñanza derivadas de las razones técnicas y del profundo análisis de las carencias del sistema educativo español, existieron, obviamente, factores derivados de la transformación política que sufrió España. Las causas principales fueron la incompatibilidad del modelo antiguo con la Constitución democrática de 1978, principalmente en lo que se refiere a los fines de la educación -espíritu que ya había sido plasmado en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE)- y en segundo lugar, la nueva organización territorial del Estado.

Por una parte, la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) regulaba principalmente aspectos fundamentales como la participación de la sociedad en el sistema educativo así como la financiación de los centros públicos y privados. Varios de los objetivos establecidos en el Preámbulo de la LOGSE fueron plasmados a través de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el gobierno de los Centros Docentes (LOPEGC).

Por otra parte, la Constitución de 1978 implantó un nuevo modelo de reconocimiento del derecho de autonomía de las distintas regiones (Comunidades Autónomas) así como la transferencia a las mismas de amplias competencias en materia educativa. Por su parte, el Estado se reservó una serie de competencias con el fin de garantizar la homogeneidad del sistema educativo en todo el territorio nacional como es el de la duración de la escolaridad obligatoria, niveles, grados, especialidades, títulos, enseñanzas mínimas, etc.

1.1.2.-ANÁLISIS DEL SISTEMA EDUCATIVO DE LA LOGSE

La LOGSE introdujo una serie de cambios en la ordenación general del sistema. La Educación Infantil pasó a ser concebida como una etapa más del sistema educativo, impartida por maestros especialistas. Comprendería edades comprendidas entre los 0-5 años (0-2 años Primer Ciclo; 3-5 años Segundo Ciclo). La Educación Primaria comprende edades de entre los 6 a los 11 años y se divide en tres ciclos: Primer ciclo (1º y 2º de Primaria), Segundo ciclo (3º y 4º de Primaria) y Tercer ciclo (5º y 6º de Primaria). La Formación Profesional sufrió una profunda modificación con el objetivo de que dejara de ser una alternativa de segunda categoría frente al Bachillerato. También supuso un salto importantísimo la extensión de la enseñanza comprensiva y obligatoria hasta los dieciséis años.

La LOGSE también apostó por un currículum flexible y abierto para hacer posible su adaptación a cualquier contexto o situación específica. Con su entrada en vigor, los centros educativos pasaron a disponer de la autonomía pedagógica para el desarrollo del currículum y su adaptación al entorno social y cultural. En suma, una enseñanza dirigida al logro de aprendizajes significativos, contenidos procedí mentales y actitud híñales, encaminada a conseguir la aplicación de una metodología de tipo indagativo en el que los alumnos desempeñen un papel activo.

1.1.3.-LA EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA LOGSE

La ordenación de las diferentes etapas del sistema Educativo que lleva a cabo la LOGSE en materia de Educación Secundaria se divide en dos etapas: Educación Secundaria Obligatoria que comprende 1º, 2º, 3º y 4º de ESO y edades comprendidas entre los 12 y 15 años y la Educación Secundaria Post-Obligatoria comprende los cursos de 1º y 2º de Bachillerato que equivale a las edades de 16 y 17 años. Por su parte, en materia de Formación Profesional: la nueva estructura está constituida por Ciclos Formativos con una organización modular: Ciclos Formativos de Grado Medio (desde los 12 a los 17 años) y Ciclos Formativos de Grado Superior.

1.2.-LEY ORGÁNICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN ( LOCE, 2002)

La Ley Orgánica de Calidad de la Educación, de 23 de diciembre de 2002, mantiene la estructura básica del sistema educativo, pero introduce cambios importantes en mismo: se implanta la gratuidad de la Educación Infantil, se abandona la norma de "promoción automática" en los cursos y se adelanta al último año de esta etapa el aprendizaje de la lectura y escritura. Entre los propósitos de la nueva "Ley de Calidad de la Educación" se encuentra el de reducir el fracaso escolar y mejorar la formación de los estudiantes en general, recuperar la "cultura del esfuerzo".

En Educación Primaria se insiste en la necesidad de potenciar en los alumnos la comprensión lectora, la expresión oral y el fomento de la lectura. Respecto a la evaluación de los alumnos, la LOCE establece que ha de ser continua, pudiendo repetir los alumnos una sola vez a lo largo de la Educación Primaria. Para los alumnos que accedan al ciclo siguiente con evaluación negativa se prescriben apoyos para su recuperación.

1.2.1.-LA EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA LOCE.

Al finalizar el Primer ciclo (1º y 2º de ESO), los alumnos recibirán un informe de orientación escolar que guiará la elección del itinerario a seguir en el segundo ciclo. Por su parte, en el Segundo ciclo, concretamente en 3º de ESO podrán elegir entre los itinerarios tecnológico o científico-humanístico (éste último en 4º se divide en científico y en humanístico). El 4º curso se denominará "curso para la orientación académica y profesional post-obligatoria”.

Todos los itinerarios conducirán al mismo título de Graduado en ESO aprobando todas las asignaturas) y permitirán tanto el acceso a Bachillerato y FP como a la vida profesional. En cuanto a la evaluación, se elimina la promoción automática y en su lugar se establece la evaluación por asignaturas al final de cada uno de los cursos. Los alumnos que no superen alguna asignatura han de realizar una prueba extraordinaria para recuperarla. Si el alumno suspende tres o más asignaturas repetirá y sólo podrá hacerlo una vez. Si tras la repetición el alumno siguiera sin cumplir los requisitos para pasar al curso siguiente, el Equipo de Evaluación asesorado por el de Orientación, puede decidir diversas opciones: promocionar con medidas de refuerzo, cursar un determinado itinerario, pasar por un Programa de Iniciación Profesional, etc.

En Bachillerato, la novedad más importante y polémica es el establecimiento de la Prueba General de Bachillerato con cuatro convocatorias que los alumnos deben superar para obtener el título de Bachiller, la nota del título de bachiller será la media del expediente académico, sin perjuicio de que después debieran superar otra prueba diferente para acceder a una determinada Universidad. El Bachillerato contempla tres Modalidades: Artes, Ciencia y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales. Las materias comunes serán: Lengua y Literatura, Idioma extranjero, Historia de España, Filosofía, Historia de la Filosofía, Educación Física (y el idioma propio de la Comunidad, si tiene)

Respeto a la Formación Profesional el único cambio reseñable es que la LOCE flexibiliza la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior.

Con el cambio gubernamental se modificó el calendario de implantación de la LOCE y la aplicación de la LOCE quedó paralizada mediante el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo, para el curso 2004/2005 sólo se aplicaron medidas no sujetas a calendario como es el caso de la elección a director, la gratuidad de la educación infantil, el inicio de la enseñanza de idiomas extranjeros a los 5 años, etc. Por lo que la organización de la Educación Secundaria para el curso 2005/2006 apenas sufre modificaciones respecto a años anteriores.

1.3.-LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE)

El Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de la Educación (LOE) el 22 de julio de 2005. El Proyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE), aprobada por el Congreso de los Diputados el 15 diciembre de 2005 y en la actualidad tramitándose en el Senado, fue elaborada con la intención de elaborar una nueva normativa que sustituyera a la LOCE.

La Educación Infantil se configura como una etapa voluntaria y gratuita desde los tres años para todos aquellos niños cuyos padres opten por cursarla. Se adelanta a los 5 años el comienzo de la enseñanza de idiomas extranjeros y formación en Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación.

En Educación Primaria, con el fin de prevenir las dificultades de aprendizaje desde los primeros años, los alumnos contarán desde el primer curso con planes de refuerzo y apoyo. Una de las medidas previstas para reforzar este objetivo es que todos los centros públicos dispongan de bibliotecas escolares para fomentar la lectura. Se mantiene el principio contemplado en la LOCE de que los alumnos sólo pueden repetir una vez a lo largo de toda la Primaria.

1.3.1.-EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA LOE

En materia de Secundaria Obligatoria, el proyecto de la LOE, junto a las enmiendas aprobadas recientemente en su tramitación en la Cámara baja, contempla, frente a los itinerarios previstos en la LOCE diversas materias curriculares y organizativas: agrupamientos flexibles, desdobles en algunas materias como Lengua y Matemáticas, diversificación curricular partir del tercer curso, etc.

En los dos primeros años se proponen programas básicos para los alumnos que lo requieran y un concepto común de enseñanzas. Se flexibiliza el paso de Primaria a ESO, se limita el número de materias y también la posibilidad de reducir el número de profesores que dan clases a un mismo grupo de alumnos. Se organiza, por ello, los cursos de 1º, 2º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria con un núcleo común a todos los alumnos.

Desde 3º de la ESO los alumnos que presenten especiales dificultades de aprendizaje dispondrán de Programas de Diversificación Curricular adaptados a sus necesidades y que conducirán a la obtención del título de Graduado en ESO.

Por su parte, en el último curso de la ESO se propone una organización flexible de las materias comunes y optativas, ofreciendo mayores posibilidades de elección a los alumnos en función de sus expectativas futuras y de sus intereses. En lo que se refiere a la evaluación de los alumnos de la ESO promocionarán si superan los objetivos de las materias cursadas o sólo tengan dos asignaturas suspensas. Se plantearán programas de refuerzo y evaluaciones a los alumnos que hayan promocionado con asignaturas pendientes. El alumno podrá repetir el mismo curso sólo una vez y dos veces como máximo dentro de la ESO. Los alumnos que al terminar el cuarto curso de ESO no hayan obtenido el título podrán realizar una prueba extraordinaria de las materias que no hayan superado.

Otras de las novedades del proyecto de la LOE es el establecimiento de pruebas para evaluar las competencias básicas de los alumnos cuando finalizan cuarto de primaria (9 años) y en 2º de la ESO (13 años). Las pruebas, que no tendrán repercusiones académicas para los estudiantes, tienen como objetivo comprobar su nivel y detectar posibles fallos del sistema educativo e introducir las mejoras pertinentes.

Se establecen programas de Formación y Calificación posterior para facilitar el acceso a la vida laboral para evitar el abandono escolar temprano y a los mayores de dieciséis que no hayan obtenido el título de graduado en Educación Secundaria.

El Bachillerato comprenderá, al igual que ocurre en la actualidad, dos cursos y se desarrolla en tres modalidades diferentes (Ciencia y Tecnología, Artes y Humanidades y Ciencias Sociales) organizadas de un modo flexible, en distintas vías que serán el resultado de la libre elección por los alumnos de materias de modalidad y optativas. Los alumnos promocionarán de primero a segundo de bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o no hayan superado en dos materias como máximo. Se suprime la prueba General de Bachillerato establecida en la LOCE. Para acceder a la Universidad será necesaria la superación de una única prueba a la que podrán presentarse aquéllos que estén en posesión del título de Bachiller.

2.-CARACTERÍSTICAS DE LAS DIFERENTES ETAPAS EDUCATIVAS EN LOS CENTROS DE SECUNDARIA. ANÁLISIS DEL SISTEMA EDUCATIVO SEGÚN LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

2.1.-EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

2.1.1.- ANÁLISIS LEGISLATIVO

Una vez que se produjo el traspaso de funciones y servicios en materia de Enseñanza no universitaria del Estado a la Comunidad de Castilla y León mediante el Real Decreto 1340/1999, de 31 de julio y desarrollado por el Decreto 7/2002, de 10 de enero en el que se establecía el Currículo de ESO en esta Comunidad, se hizo necesario establecer los procedimientos para que, llevada a cabo la implantación de estas enseñanzas, se introdujeran las modificaciones oportunas en la ordenación académica de la Educación Secundaria Obligatoria de Castilla y León.

La Orden de 29 de abril de 2002, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se regula la impartición de la Educación Secundaria Obligatoria en Castilla y León, además de acometer dicha tarea actualizó las disposiciones referidas a las condiciones de acceso y permanencia de los alumnos, número máximo de alumnos, la normativa aplicable en cuestiones de evaluación, promoción, titulación, áreas de conocimiento y materias que conforman esta etapa educativa, los horarios lectivos de los distintos cursos, la organización de las materias optativas y de la diversificación curricular, las enseñanzas de religión o actividades de estudio alternativas y el proceso de elaboración y revisión del proyecto curricular de centro. Esta Orden fue modificada por la ORDEN EDU/1186/2003, de 15 de septiembre, (BOCyL 17/9/2003) en lo que se refiere principalmente a los requisitos y elementos básicos de los documentos de evaluación. Para la aplicación de esta Orden se publicó la Instrucción de 4 de noviembre de 2003.

[...]


[1] M.E.C. (1.987) Proyecto para la reforma de la Enseñanza. Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Profesional. Propuesta para debate. Centro de Publicaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Final del extracto de 30 páginas

Detalles

Título
La estructura y organización escolar de los centros secundaria
Universidad
University of Sevilla
Calificación
Sehr Gut
Autor
Año
2006
Páginas
30
No. de catálogo
V90990
ISBN (Ebook)
9783638054997
Tamaño de fichero
420 KB
Idioma
Español
Palabras clave
Sehr
Citar trabajo
Mª Asunción Varo Ugart (Autor), 2006, La estructura y organización escolar de los centros secundaria, Múnich, GRIN Verlag, https://www.grin.com/document/90990

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Título: La  estructura y organización escolar de los centros secundaria



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