La Adopción de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos en el Distrito de Valverde 2010-2017


Trabajo de Investigación, 2018

84 Páginas


Extracto


ÍNDICE

AGRADECIMIENTOS

DEDICATORIAS

DEDICATORIAS

INTRODUCCIÓN

Capítulo I
Aspectos Generales
1.1 Antecedentes:
1.2 Planteamiento del Problema
1.3 Objetivo General de la Investigación
1.3.1 Objetivos Específicos de la Investigación
1.4 Variables e indicadores
1.5 Justificación y Motivación
1.6 Alcances y Límites
1.7 Marco Contextual: la Provincia Valverde y sus Municipios.

Capítulo II
Marco Teórico
2.1 Origen y evolución de la adopción
2.1.1 Influencias del Derecho Francés en materia de Adopción a la República Dominicana.
2.2 La adopción:
2.3 Características de la adopción:
2.4 ¿Quienes pueden adoptar?
2.5 Condiciones relativas a los adoptados
2.6 Naturaleza Jurídica de la adopción
2.7 La adopción en la República Dominicana
2.8 La adopción en Latinoamérica.
Tipos de adopción en México:
Los procesos para adoptar en México:
Requisitos para adoptar en México:
Adopción internacional en México:
2.9 Distintas modalidades de la adopción
2.10 Jurisprudencia de la adopción.
2.11 Efectos de la adopción:
2.12 La orfandad:
2.12.1 Etimología del término huérfano:
2.12.2 Causas de la orfandad:
2.12.3 Consecuencias de la orfandad:
2.12.4 Características de un niño (a) en condición de orfandad:
2.12.5 Políticas públicas en auxilio de la orfandad en Valverde:
2.13 Procedimiento legal de la adopción de niños huérfanos y de padres desconocidos.
2.13.1 Fase administrativa y requisitos para la adopción de niños huérfanos y de padres desconocidos ante (CONANI):
2.13.2 Fase Administrativa Jurisdiccional ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescente:
2.13.3 Inscripción del Adoptado (a) en el Registro Civil:
2.14 Aportes de la Resolución 03-2017 hacia los niños huérfanos y de padres desconocidos:

Capítulo III
Aspectos Metodológicos
3.1 Enfoque de la Investigación
3.2 Tipo de Investigación
3.3 Diseño de la Investigación
3.4 Población y Muestra
3.5 Procedimientos Metodológicos
3.5.1 Recolección de Datos
3.5.2 Análisis Estadístico
3.6 Técnicas e Instrumentos a Utilizar
3.7 Descripción y Validación de los Instrumentos

Capítulo IV
Presentación y Análisis de los Resultados
4.1 Resultados de la encuesta aplicada da 50 abogados del Distrito Judicial de Valverde en relación a la adopción de niños huérfanos y de padres desconocidos en materia civil.

Capítulo V

Conclusiones y Recomendaciones

Conclusiones

Recomendaciones

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

ANEXOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SANTO DOMINGO

AGRADECIMIENTOS

Al creador del cielo y de la tierra por permitirnos concluir este proyecto.

Felices y agradecidos del todopoderoso por brindarnos sabiduría y paciencia para seguir el sendero de los justos.

Esta investigación monográfica es el resultado de un esfuerzo extraordinario sin cesar, de días de mucho trabajo, de noches de poco sueño y de tardes con mucho estrés.

Agradecemos infinitamente a todas aquellas personas que de una manera u otra se esforzaron para la realización de esta obra. Es menester reconocer gratificar a Gladys Hernández, Yinerkys Vásquez y especialmente a la UASD-Centro Mao por sus aportes a este trabajo de investigación.

Arturo Pérez y O. M. De La C.

DEDICATORIAS

A Dios Todopoderoso:

Por concederme el don más apreciado, la vida y ayudarme a vencer las dificultades de cada día y poder llegar a la meta.

A mi madre:

Pascuala De La Cruz, por su amor, cuidado y ser una madre esforzada, valiente y educarme con buenos principios. Gracias por estar presente no sólo en esta etapa tan importante de mi vida, sino en todo momento.

A mis hijos:

Juan Antonio De Los Santos, Alexander De Los Santos, Wiliam Francisco De Los Santos, Alfredo Antonio Avila, Joanna Rambalde, porque han sido un motivo especial para seguir hacia delante a lo largo de toda mi vida. Gracias a Dios por permitirme tener y disfrutar a mi familia.

A mis nietos:

Michael De Los Santos, Louis Octavio De Los Santos, Cristhopher De Los Santos, Jade De Los Santos, Alejandro De Los Santos, Albaro De Los Santos, Giulia Jimenez, Alexa Sionko, Casandra Sionko, Antony Angel Avila, esta investigación monográfica se la dedico a mis nietos indicándoles que la educación es el mejor legado que puedo dejarles.

A Félix Gonzales (inmemoria):

Por su apoyo y ayuda mientras estuvo presente, por su aporte económico y su deseo de que terminara mi carrera.

A mis amigos:

Ana Maria Mejia, Seylin Martinez, Nereyda Marte, Carmen Díaz y José Arturo Pérez Estévez, Eladia Hernández y José A. Cueto Payano, por su apoyo, ayuda incondicional en mi vida y especialmente en esta etapa de este importante logro.

A mis compañeros de carrera:

José Arturo Pérez, Marino Delbi Castellanos, José Arismendy, Sandra Espinal, Rosidalia Pérez, José Rafael Tatis Peralta, Julio Rodríguez y José Almonte, quienes sin esperar nada a cambio compartieron sus conocimientos y estuvimos unidos en todo el trayecto de nuestra carrera.

A los maestros de la carrera:

Francisca Gil, Emmanuel Rodríguez, Gladys del Orbe, Josefina Disla y Elías Santos y Gladys Hernández, agradecida por los conocimientos que estos me aportaron en el trayecto de la carrera y su gran capacidad de enseñanza.

A los asesores:

Gladys Hernández Aquino y Yinerkys Vásquez, por haberme brindado la oportunidad de recurrir a su capacidad y conocimientos, por su paciencia para guiarme en el desarrollo de este monográfico.

Gracias a todos…

O. M. De La C..

DEDICATORIAS

Al Dios de los cielos y la tierra:

Por darme el tesoro mas inmenso que es la vida y la salvación, y por haber recibido su llamado a predicar el evangelio a este mundo que perece a causa del pecado.

A mis abuelos:

Nestor Antonio Estévez (inmemorian) y María Susaña por haberme brindado amor y enseñarme lo valioso que es la vida.

A mi madre:

Dominica Estévez, por inculcarme el temor de Dios y por haberme procreado, sin ella hoy no fuera lo que soy hoy en día.

A mi padre:

José Arturo Pérez Liz, por su amor irrestricto hacia a mi persona, y por su incansable esfuerzo de que yo fuera un hombre de trabajo en esta vida.

A mis hermanos:

Jorge Isaac Ferreira Estévez y Rainylli Susaña, por ayudarme a superar los obstáculos difíciles que se llegaron a presentar en mi vida y ser mis hermanos modelos a seguir.

A mi sobrino:

Noah Isaac Ferreira, por llegar de consuelo a nuestra familia y que la educación es el mejor legado que puedo dejarte.

A mi novia:

Elizabeth Collado, por ser tan especial conmigo, por haber estado conmigo en los momentos más tediosos y gratos de mí vida, gracias a ti he aprendido a ser un mejor hombre en esta vida.

A mis amigos:

Marino Delbi Castellanos y O. M. De La C., por su apoyo irrestricto a mi vida.

A mis maestros:

Francisca Gil, Gustavo Barry, Juan José Martínez, Feliz Estévez, Flavia Disla, y Enmanuel Rodríguez, por haberme brindado el apoyo que necesité en momentos tétricos de mi carrera, gracias a ustedes y a mí esfuerzo pude levantarme y emprender nuevamente el viaje hacia éxito.

A mis compañeros de carrera:

O. M. De La C., José Zacarías, Marino Familia (inmemorian), Marilyn Torres, Breydi Almengo, José Rafael Tatis, Marino Delbi Castellanos, Eddy Sánchez, Rosa María Rodríguez, Rafael Lora Gonzales, José Antonio Gonzales, y José Almonte a todos por mantener la unión y compañerismo en todo el proyecto de nuestra carrera.

A las asesoras:

Gladys Hernández y Yinerkys Vázquez, por suplirme de conocimientos en el último trayecto de la carrera, sin ustedes yo no había podido culminar mi meta.

Gracias a todos…

Arturo Pérez

INTRODUCCIÓN

La institución de la adopción en la República Dominicana es de vital importancia, ella reviste gran interés, puesto que con ella se puede dar la mano solidaria a aquellos niños víctimas de abandono o por muerte de los padres.

En la Provincia Valverde se percibe una cantidad de niños huérfanos y de filiación desconocida deambulando por las calles a diferentes horas del día y de la noche en condiciones paupérrimas y sin el amparo de un tutor o padres.

Esta investigación está centrada en el tema de la adopción de niños huérfanos y de padres desconocidos en el Distrito Valverde en el periodo 2010-2017, y consta de 5 capítulos:

El primer capítulo aborda los antecedentes; planteamiento del problema, justificación, objetivos, las variables del estudio, instrumentos e indicadores, el marco contextual que contiene la historia de Mao y una síntesis de los anales del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes, y también los orígenes y las distintas funciones del Consejo Nacional Para la Niñez y la Adolescencia (CONANI).

El segundo capítulo comprende el marco teórico donde se puede percibir el origen y evolución de la adopción; distintos conceptos de la adopción; características; naturaleza; los pasos a tomar en cuenta para adoptar; la adopción en Latinoamérica; las distintas modalidades de la adopción; jurisprudencias internacionales y nacionales relativas a adopción; asidero legal del procedimiento de la adopción de niños huérfanos y de padres desconocidos desde la fase administrativa, judicial, y Registro Civil; concepto de orfandad; políticas públicas a favor de la orfandad y aportes de la Resolución 03-2017 hacia los niños huérfanos y de padres desconocidos.

El tercer capítulo, aborda la metodología utilizada para la recolección de las informaciones. Describiendo el tipo de estudio, el método implementado, la técnica de recolección de datos, la población y muestra, el instrumento de investigación, los procedimientos para la obtención de los datos, procesamiento y análisis de los datos.

El capitulo 4, se analizan los resultados de las interpretaciones estadísticas producto de la encuesta que se elaboró a través de un cuestionario con preguntas cerradas aplicadas a los abogados de la seccional Valverde que ascienden a 500 miembros activos y un cuestionario con preguntas abiertas realizado a la Directora Regional del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) con sede en Valverde, Mao.

El quinto capítulo aborda las conclusiones y las recomendaciones de las investigaciones realizadas.

Capítulo I

Aspectos Generales

1.1 Antecedentes:

La adopción no es un fenómeno reciente. Ya en la antigua Mesopotamia había leyes que regulaban ese proceso que se convirtió en todo un ritual en Grecia y Roma, un privilegio en la época de los fueros medievales. (www.laopinioncoruna.es/sociedad /2013/06/30/adopcion-historia/737653.htm).

Para los Romanos la adopción adquirió todos los ribetes, como una institución de derecho civil por la cual dos personas estableciendo relaciones análogas a las que crea las justa nuptiae entre el hijo y el jefe de la familia provocando así caer bajo la autoridad paterna e introduce a la familia civil a personas que no tienen ningún lazo de parentesco natural con el jefe. (Cisseron, Prodomo.13).

Le era vital a la sociedad Romana este tipo de institución por la composición social que existía en Roma, esto buscaba asegurar la perpetuidad de la familia en una época en la que cada cual tenía su rol político en el Estado en la que se consideraba todo un honor el culto domestico. (Cisseron, Prodomo.13).

En el Derecho Romano existían dos clases de adopciones; 1) La adopción de una persona Sui Juris que es la adrogación; 2) La adopción de una persona Alienis Juri que es la adopción propiamente dicha. Hacia mitad del siglo III de nuestra Era, tales formas caducas fueron desplazadas por decisión del Emperador Dioclesiano permitiéndoseles a las mujeres poder ser adrogadas. La adopción es menos antigua que la adrogación pues primero realizada por un procedimiento indirecto que fue deducido de la ley de las XII tablas lo cual fue posterior al año 304 D.C. (Petit, 2005, Pág. 105.)

Teniendo en cuenta que los Franceses tomaron como fuente al Derecho Romano apropiándose de esas instituciones haciéndolo de una manera formal y material logrando así una de las mejores codificaciones en materia civil que haya tenido la humanidad, por lo que la gran mayoría de los países de Latinoamérica se enlistan en el Derecho Continental sin exceptuar a la Republica Dominicana quien se inspira en ese sistema para ejecutar sus sistema de adopción. (Estévez. 2012, Pág. 48)

La institución jurídica de la adopción en la República Dominicana desde sus inicios no sufrió cambios significativos debido al poco interés que se le revistió, la evolución de la adopción fue en el siglo XX que fue enriquecida, primero; por la ley 51-52 del 13 de Junio del 1959, puesto a que antes tenía un carácter privado dejando al Estado sin participación en el proceso provocando que se le vulneraran derechos a los niños, se fue acentuando al pasar los años la preocupación por estar obsoletos los textos legislativos vigentes en la época, siendo este uno de los factores cimeros para la elaboración y promulgación del nuevo Código del Menor. (Estévez. 2012, Pág. 48)

El cual fue sometido al Poder Ejecutivo para fines de aprobación en el año 1993, pero las autoridades no le prestaron la debida atención a esta pieza jurídica. Se aprobó el 22 de Abril del 1994 el Código del Menor o Ley 14-94 y en el año del 2003 el 7 de Agosto fue promulgada la Ley 136-03 conocido como Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolecentes. (Rojas, Encarnación y De Jesús, 2002, Pag.1)

Los investigadores se trasladaron a la Universidad Autónoma de Santo Domingo Centro Mao y encontraron en la biblioteca una monografía titulada: La Adopción en la República Dominicana a la Luz de la ley 14-94 sustentada por Luz M. Constansis Rojas M, Delia July Encarnación C y Alba luz Báez De Jesús, realizada en febrero del 2002. Los sustentantes realizaron una investigación donde recopilan información relativa a la historia, las características y las formas en que se realizaba la adopción mediante la ley 14- 94.

Y concluyeron: que los problemas de la niñez desamparada en la República Dominicana, con respecto a la adopción no se resuelven de la noche a la mañana y por lo tanto se necesitan nuevas estrategias en el procedimiento de adopción y de cumplimientos precisos y concretos de la antigua Ley 14-94. Y que la adopción en la República Dominicana a partir de la Ley 14-94 tuvo un cambio positivo a favor de la niñez y una ayuda en el proceso de adopciones de niños en el país.

Los investigadores recurrieron a la internet y encontraron una monografía en la red que fue elaborada por egresados de la Pontificia Universidad Javeriana, titulada: Diagnósticos de las Herramientas Comunicativas del ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) para promover la adopción de niños de difícil adopción sustentada por Ana María López Herrera y Daniel Fernando Garrido Durán, realizada del 2009. (www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere10/tesis02.pdf).

Los sustentantes realizaron una investigación donde recopilan información relativa a la realización de un diagnóstico sobre el funcionamiento de la Oficina de Comunicaciones y Atención al Ciudadano (OCAC) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para conocer y estudiar las herramientas comunicativas que utiliza esta entidad para promover la adopción del grupo llamado niños de difícil adopción, con el objetivos de mejorar las condiciones de vida de este grupo de niños que deambulan por las calles colombianas en condiciones paupérrimas. (www.javeriana. edu.co/biblos/tesis/derecho/dere10/tesis02.pdf).

Los sustentantes concluyeron que: en el proceso no sólo se conoció todo el trabajo que realiza la OCAC, siempre desde el área de la comunicación, sino también cómo se efectúa. Es importante mencionar que el trabajo que desempeña esta dependencia es constante y no se limita únicamente al tema de niños en el país, por lo que todos sus esfuerzos deben ser distribuidos en todos los asuntos que maneja. (www.javeriana.edu .co/biblos/tesis/derecho/dere10/tesis02.pdf).

Los investigadores habiendo recurrido a la internet encontraron una monografía en la red que fue elaborada por egresados de la Universidad Centroamericana (UCA), titulada: Análisis Jurídico de la Adopción en Nicaragua como Medida de Protección del Menor, sustentada por: Harvin Ramírez Bermúdez y Dereck Ramírez Blanco, realizada del 2011, los sustentantes realizaron una exegesis compleja sobre el régimen jurídico de la adopción en Nicaragua pero también hicieron una investigación sobre los instrumentos jurídicos internacionales que garantizan la adopción en aplicación a los menores de Nicaragua. (repositorio.uca.edu.ni/648/7/UCANI3579.pdf)

Y concluyeron que: en Nicaragua existe una normativa jurídica dispersa a través de distintas leyes en materia de familia, pero en cuanto a materia de adopción la normativa se regula por la Constitución Política, hasta la ley especial de adopción abordando esta con claridad, concepto y naturaleza de la misma así como los criterios para llevar a cabo los procesos de adopción. (repositorio.uca.edu.ni/648/7/UCANI3579.pdf)

Los investigadores acudieron a la internet y encontraron una monografía en la red que fue elaborada por egresados de la Pontificia Universidad Javeriana, titulada: La Adopción una Medida de Protección, Garantía y Restablecimiento de Derechos de las Niñas y los Niños en Colombia, sustentada por: Andrea Paola Duque Camacho y Lina Margarita Ramírez Torres del 2010, las sustentantes realizaron una investigación de cuáles fueron los antecedentes históricos – jurídicos que sirvieron de fuente para el sistema legal de la adopción en Colombia, también sobre las limitaciones y cambios que deberían producirse en la legislación ya mencionada a favor de los adoptantes y adoptados. (www .javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere10/tesis02.pdf).

Y concluyeron que: se observa que la adopción, es una figura instituida, regulada, con características propias que se desarrolla a través de una intervención del Estado. El proceso de adopción es un proceso rígido con requisitos y formalidades que garanticen la protección del menor y sus derechos, así mismo la idoneidad de la familia adoptante, el respeto de las normas por parte de los funcionarios que la desarrollan. (www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere10/tesis02.pdf)

Los investigadores asistieron a la Universidad Autónoma de Santo Domingo Centro Mao y encontraron en la biblioteca un foro jurídico de la Pontificia Universidad Católica del Perú: La Naturaleza Jurídica de la Adopción y Reflexiones Acerca de su Irrevocabilidad, sustentada por Giselle Salazar Blanco, realizada en febrero del 2010. (revistas.pucp.edu.pe/index.php/forojuridico/article/viewFile/18359/18602)

La sustentante concluyo que: realizó una investigación donde recopila información relativa a la historia, características y las formas en que se realizaba la adopción a través de unas series de comparaciones de diversas teorías de las formas de la adopción desde la Roma antigua hasta nuestros días. (revistas.pucp.edu.pe/index.php/forojuridico /article/viewFile/18359/18602).

Los investigadores se trasladaron a la Universidad Autónoma de Santo Domingo Centro Mao y encontraron en la biblioteca una monografía titulada: La Adopción de Niños y Niñas y su Procedimiento Administrativo en la Ciudad de Santiago de los Caballeros Periodo 2015 sustentada por Chajid Sahdala y Moisés Peralta, realizada en agosto del 2016. Los sustentantes realizaron un análisis del procedimiento administrativo y sus efectos jurídicos que esta produce en Santiago de los Caballeros como en todo el territorio nacional en torno a la Adopción.

Y concluyeron que: el 100% de los encuestados entienden que los niños, niñas y adolecentes que podrán ser adoptados en Republica Dominicana son los menores huérfanos de padre y madre; niños, niñas y adolecentes de padres desconocidos que se encuentran bajo la tutela del Estado; aquellos cuyos padres que hayan sido privados de la tutela por sentencia; y los niños, niñas y adolescentes cuya adopción es consentida por los padres.

Por lo que los monográficos precedentes al actual no contemplan ni específican, la adopción de los niños huérfanos y padres desconocidos, los investigadores consideran está investigación como original.

1.2 Planteamiento del Problema

La actual década en la República Dominicana está padeciendo un alto índice de feminicidios, elevadas muestras de violencia intrafamiliar, descomposición social y perdida de los valores que fundamentan las buenas costumbres provocando que haya muchos niños que sufran por esos males sociales, siendo la adopción una solución para niños, niñas que están en condiciones de vulnerabilidad por lo que sólo tienen la esperanza de ser adoptados.

La institución de la adopción en la República Dominicana es de vital importancia puesto a que con ella se puede dar la mano solidaria aquellos niños víctimas de abandono o por muerte de los padres. En la provincia de Valverde se perciben una gran cantidad de niños vagando por las calles a diferentes horas del día y de la noche en condiciones paupérrimas y sin el amparo de un tutor o padres.

Los niños huérfanos es un grave problema que atraviesa la nación y existen una gran cantidad de políticas públicas, no obstante, desconocidas a la mayor parte de la población, estas tienen como objetivo solucionar el mal social que padecen esos niños. En la sociedad dominicana se desconoce la adopción e incluso, el ciudadano común escucha hablar de la adopción pero no conoce lo que es y no sabe cuál es su procedimiento y mucho menos se imagina que la adopción puede ser una solución a esos niños huérfanos y de padres desconocidos.

En la provincia se han llevado a cabo adopciones de niños, niñas en condiciones de orfandad de padres desconocidos de víctimas de violencia, muertes de sus padres y desamparo. Los investigadores les mueve conocer la situación en las que se encuentran los niños en proceso de adopción por los factores ante citados y saber en qué paso del proceso están, conocer el procedimiento legal, las políticas públicas creadas para auxiliarles y la situación socioeconómica en la que están.

La institución de la adopción en el país aún siendo antiquísima su ejecución ha sido casi nula, está cargada de prejuicios, es muy desconocida, hay temor, falta de interés y poca información.

La problemática actual por la cual está atravesando la niñez en la espera de ser adoptada, debe resolverse a la mayor brevedad posible para que no se pierda la esperanza de crear una sociedad prospera y sostenible.

Ante la problemática planteada surgen las siguientes preguntas de investigación:

1-¿Cuántas adopciones se han realizado de niños huérfanos y de padres desconocidos en Valverde en los años 2010 – 2017?
2-¿Cuál es el Procedimiento Legal para llevarse a cabo la Adopción de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos?
3-¿Cuáles Políticas Públicas tiene el Estado a favor de los menores huérfanos?
4-¿Cuántos niños hay en condición de Orfandad y de Padres Desconocidos en Valverde en los años 2010-2017?
5 -¿ En qué condiciones socioeconómicas se encuentran los Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos?

1.3 Objetivo General de la Investigación

Analizar la Adopción de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos en el Distrito de Valverde.

1.3.1 Objetivos Específicos de la Investigación

Indagar la cantidad de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos que han sido adoptados en Valverde en los años 2010 – 2017.

Conocer cuál es el procedimiento para llevarse a cabo la Adopción de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos.

Indagar las Políticas Públicas que tiene el Estado a favor de los Menores Huérfanos.

Calcular cuántos niños hay en condiciones de Orfandad y de Padres Desconocidos en Valverde en los años 2010 – 2017.

Investigar en qué condiciones socioeconómicas se encuentran los Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos.

1.4 Variables e indicadores

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1.5 Justificación y Motivación

La adopción reviste un interés especial en el ámbito jurídico pues aporta mucho valor teórico - práctico al acervo cultural de los estudiantes de Derecho y abogados.

La Adopción de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos en el Valverde periodo 2010-2017 tiene una gran relevancia en lo social puesto a que la orfandad es un mal que lacera el desarrollo de una sociedad que desea progresar, cimentar buenos valores, fortalecer la democracia y cultivar el respeto a los Derechos Fundamentales.

En lo práctico se espera que la presente investigación pueda suplir preguntas y enriquecer el debate sobre la adopción y la orfandad, para sí generar una lluvia de ideas que conlleve alternativas de soluciones en beneficios de los niños que se encuentran en estado de orfandad y de padres desconocidos.

La investigación es viable porque los investigadores cuentan con el tiempo, los recursos humanos, financieros y materiales para dedicarlo a la investigación.

1.6 Alcances y Límites

Los límites y la viabilidad del estudio están limitados hasta los linderos de la provincia Valverde con los permisos otorgados por las instituciones que trabajan con la adopción de niños huérfanos y padres desconocidos. La investigación tuvo un alcance en el periodo de los años 2010 – 2017 y esta vio su inicio en el mes de enero y se espera concluir en marzo por lo que tendrá un desarrollo en el tiempo de 3 meses.

1.7 Marco Contextual: la Provincia Valverde y sus Municipios.

La historia de la provincia Valverde se inicia con su creación, mediante la Ley Número 4882 del 27 de marzo del 1958, con la cual el Municipio de Mao queda segregado de la provincia de Santiago, conjuntamente con el Municipio de Esperanza, para crear la provincia de Valverde, con una porción del Municipio de Guayubín (provincia de Montecristi) lo que entonces pasa a ser distrito municipal de Laguna Salada dependiente del municipio de Esperanza. Cambia al nombre de Valverde en honor al General José Desiderio Valverde, Prócer de la Independencia y Ex Presidente de la República. (SEEBAC, 1993, p. 557).

La referida Ley designó al poblado de Mao como Municipio cabecera de la creada Provincia, la cual quedó constituida de manera definitiva por los municipios de Mao y Esperanza, y el distrito municipal de Laguna Salada que posteriormente fue elevado a la categoría de municipio.

El 1ero de Enero del año 1959 fue instaurada la provincia Valverde con la juramentación de su primer gobernador el señor Manuel Francisco Evertz, mejor conocido como Don Manuelito, y con ella las edificaciones de la Gobernación Provincial, el Correo y Telecomunicaciones, las Oficinas Públicas, el antiguo Palacio de Justicia, el Hospital de Seguros Sociales, el Ayuntamiento Municipal, el Mercado Público, la Fortaleza General Benito Monción y otras obras de vital importancia para la época. (SEEBAC, 1993, p. 557).

La provincia Valverde tiene una superficie de 825.33 kilómetros cuadrados. Es una de las provincias más pequeña del país y ocupa el lugar 28o, en cuanto a superficie con 1.7% del territorio nacional. (http://www.jmarcano.com/mipais/valverde.html).

Esta provincia está irrigada por los ríos: Yaque del Norte, Ámina, Mao y arroyos que vierten sus aguas en los ríos principales. El río Yaque del Norte separa el Municipio de Mao de los otros dos Municipios: Esperanza y Laguna Salada, quedan al Norte de la provincia.

Valverde está dividida políticamente en tres Municipios, los cuales son: Mao, Esperanza y Laguna Salada; y 10 Distritos Municipales. De acuerdo al último censo de población y vivienda realizado en la República Dominicana, tiene una población de 163,030 habitantes. Mao con 76,863; Esperanza 62,205; y Laguna Salada 23,962. Otros aspectos importantes de estos municipios se describen en los siguientes apartados. (Oficina Nacional de Estadística, 2010).

La economía de Valverde tiene varios sectores como son el agropecuario, las remesas, el comercio, la industria y el turismo. La agricultura siempre ha sido algo más que un sector productivo, el análisis hecho a este sector es tomando en cuenta dos puntos de vista: el económico y los avances a nivel tecnológico. La agricultura ha sido el sector básico de la economía de la provincia Valverde. (Álvarez, 2013, p. 12)

La provincia está caracterizada por su nivel productivo y se puede destacar el cultivo del arroz, guineo orgánico y convencional, esto debido a las exigencias que demanda esta fruta destinada a la exportación. (Álvarez, 2013, p. 4)

Valverde fue la primera provincia productora de arroz de la República Dominicana en el año 1916 y desde entonces el cultivo del arroz ha sido el rubro de mayor impacto económico y tiene gran importancia social, fundamentalmente porque genera valor agregado con los subproductos obtenidos en la agroindustria y el aporte a la dieta de la población dominicana. El segundo rubro de importancia es el guineo, en el cual hay cifradas muchas esperanzas para el desarrollo y la economía de Valverde. (http://www.jmarcano.com/mipais/geografia/province/prov_valverde.html)

El comercio juega un papel fundamental en las ciudades, no sólo por su importancia económica; sino también porque es un instrumento de abastecimiento de la población y permite comprar lo que necesitan los ciudadanos; y, sobre todo, porque es un elemento de vida social, de contactos ciudadanos. La oferta comercial incide directamente en la calidad de vida de los habitantes de un territorio. “El comercio es un factor importante de diversificación y crecimiento económico”(Ayuntamiento Municipal de Mao, 2006, p. 11).

La economía de la provincia Valverde se alimenta de diversos sectores, especialmente la agricultura y la zona franca. Otros tipos de economía es la informal, es decir, los pequeños comerciantes que mueven pequeñas cantidades de bienes o servicios.

“El comercio en Valverde es muy activo debido a que es la capital del noroeste y muchas personas de Santiago Rodríguez, Dajabón y Montecristi vienen a la provincia Valverde, por motivos de salud, a estudiar, a comprar productos o a actividades recreativas”. (Álvarez, 2013, p. 7).

Los aspectos culturales que caracterizan la provincia Valverde, a pesar de que las iglesias de otras denominaciones han ido calando en la simpatía de la gente, los eventos culturales están estrechamente ligados a la religión católica, como producto de un largo proceso de transculturación. “Las colonizaciones española y africana destruyeron la mayoría de los rasgos culturales aborígenes, dejando en cambio huellas muy marcadas del folklore y costumbres de los pueblos españoles y africanos”. (Álvarez, 2013, p. 9).

Las fiestas patronales del Municipio de Mao se celebran en honor a la Santa Cruz y comenzaron a celebrarse el 3 Mayo de 1872; pero por disposición del Concilio Vaticano II, se vienen celebrando el 14 de Septiembre de cada año. “En cada una de las comunidades que conforman el Municipio se celebran las fiestas de velas en honor a un santo objeto de predilección; estas consisten en efectuar durante la noche rezos, cantos, bailes, juegos, décimas y cuentos”. (Álvarez, 2013, p. 14).

La celebración del carnaval es una larga tradición que cada año se hace más grande con la participación de los diferentes grupos carnavalescos y las instituciones públicas y privadas que apoyan esta actividad; que se celebra el primer domingo de marzo y se ensaya durante todo el mes de febrero.

La Regional 09 comprende la provincia Valverde y la de Santiago Rodríguez. En Valverde hay dos Distritos Educativos: 09-01 de Mao y 09-02 de Esperanza. La Educación en el Municipio está dirigida y supervisada por el Distrito Educativo 09-01, quien tiene la responsabilidad de hacer cumplir las disposiciones que emanan de la Sede Central (Secretaría de Estado de Educación), en dicho Distrito se imparten los niveles: Inicial, Básico, Medio modalidad general y Técnico profesional, Educación Básica de Adultos y Educación Laboral. (Collado, 2013, p. 21).

El Distrito Educativo 09-02 de los municipios de Esperanza y Laguna Salada pertenecientes a la provincia Valverde, regional 09 de Mao, consta de 91 centros educativos de los cuales 81 corresponden al sector público y 10 al sector privado.

El Distrito Educativo 09-01, está ubicado en el Municipio de Mao. Cuenta con 17 centros del nivel secundario, de los cuales 11 corresponden al sector público equivalente al 64.7% y 5 centros en el sector privado, equivalente al 34.3%. De los 17 centros del nivel 14 ofertan la modalidad general para un 83.4% y 3 centros ofertan la Modalidad Técnico Profesional para 16.6% (Tomado de la Estadística de la Regional)

Los centros universitarios de la UASD y UTESA han contribuido a un importante ascenso del arte y las artes con los grupos de teatro, coros y grupos de bailes.

La justicia se administra gratuitamente, en nombre de la República, por el Poder Judicial. Este se ejerce por la Suprema Corte de Justicia y los demás Tribunales del Orden Judicial creados por esta Constitución y por las leyes.

En orden de escalafón, a la Suprema Corte de Justicia le siguen Las Cortes de Apelación, que tienen como atribución: Conocer de las apelaciones de las sentencias dictadas por los Juzgados de Primera Instancia; conocer en primera instancia de las causas penales seguidas a los Jueces de Primera Instancia, Jueces de Jurisdicción Original del Tribunal de Tierras, Jueces de Instrucción, Procuradores Fiscales y Gobernadores Provinciales; conocer de los demás asuntos que determinen las leyes.

En cada distrito judicial habrá un juzgado de Primera Instancia, con las atribuciones que le confiere la ley. Además en el Distrito Nacional y en cada municipio habrá los Juzgados de Paz que fueren necesarios de acuerdo con la ley.

El Distrito Judicial de Valverde que pertenece al Departamento Judicial de Santiago, el cual se compone de un Tribunal Colegiado en materia penal (Cámara Penal de Primera Instancia), un Juzgado de Instrucción, un Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original (Tribunal de Tierras de Primera Instancia), Juzgado de Paz de Mao, Juzgado de Paz de Esperanza, Juzgado de Paz de Laguna Salada, un Tribunal de Trabajo de Primera Instancia, un Tribunal de Civil y Comercial, un Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes, una Oficina Judicial de Atención Permanente y un Registro de Títulos.

Tribunal de Primera Instancia para Niños, Niñas y Adolescentes:

Los tribunales primera instancia para niños, niña y adolescente están compuestos por una sala de lo penal y una sala civil, están distribuidos en todo lo largo y ancho del territorio nacional y ejercen sus funciones para la jurisdicción territorial dentro del departamento judicial en el que han sido creados.

La ley No. 603, del 1941 constituye el antecedente de la actual jurisdicción de niños, niñas y adolescentes. Dicha ley estableció los tribunales tutelares de menores como órganos disciplinarios, como órgano de protección a la niñez desvalida.

La convención internacional de los derechos del niño fue ratificada por la Republica Dominicana el 11 de junio del 1991 en la cual el Estado se comprometió a establecer un sistema de justicia aplicable a personas menores de 18 años por lo que en el año 1994 el país asumió el modelo de justicia juvenil lo que trajo a instituir la creación de la ley 14-94, con esta norma quedaron instituidos los tribunales y cortes de niños, niñas y adolescentes.

Posteriormente el legislador creo la ley 136-03 para garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional, y regular las relaciones entre el Estado y la sociedad, la familia y los individuos con los sujetos de su nacimiento hasta cumplir los 18 años de edad.

Consejo Nacional Para la Niñez y la Adolescencia (CONANI):

El Consejo Nacional Para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) es el órgano administrativo del sistema nacional para protección de los derechos de la niñez y la adolescencia, es un organismo descentralizado del Estado Dominicano con personalidad jurídica propia y patrimonio independiente.

La ley 136-03 creó el Consejo Nacional Para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) como órgano administrativo del sistema nacional de los derechos de la niñez y la adolescencia, el artículo 51 de la ley 136-03 define el sistema nacional de protección:

El conjunto de organismos, instituciones y entidades tanto gubernamentales como no gubernamentales que formulan, coordinan, integran, supervisan, ejecutan y evalúan las políticas públicas, programas y acciones en los niveles nacional, regional y municipal para la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

La ley traza lineamientos abocados a incentivar a la democracia participativa, el enfoque de derechos, el método de gestión pública descentralizada y la desconcentración de las acciones por lo que se crearon estructuras a nivel regional y municipal que permite alcanzar los lugares más remotos donde haya presencia de niños, niñas y adolescentes.

Capítulo II

Marco Teórico

2.1 Origen y evolución de la adopción

La humanidad a lo largo de la historia siempre ha tenido esa inquietud o ese interés de querer resolver los problemas de la orfandad y esto ha provocado que ésta haya ido evolucionando a favor del bienestar de esos niños huérfanos y de padres desconocidos.

Antiguo Egipto:

La biblia Andrews (1995) afirma que: los orígenes de la adopción se pueden encontrar documentados en las sagradas escrituras y en la historia misma alrededor del año 1525 – 1508 A.C, el Faraón Tutmosis I de Egipto éste había decretado lo siguiente; dirigido a las parteras de aquel entonces “que cuando estas asistieran a las hebreas en sus partos si las criaturas eran de sexo masculinos que los matasen”.

Estas tuvieron temor a Dios y preservaron la vida de los niños, el Faraón se molesta, llama a las parteras, y le dice la siguiente pregunta: ¿Por qué habéis hecho esto, que habéis preservado la vida a los niños? Las parteras se defienden y usan de alegato lo siguiente: “Es que las mujeres hebreas eran robustas y antes de que llegábamos ya habían dado a luz” (Andrews 1995, Pag.73).

El Faraón con el fin de acabar la descendencia varonil hebrea, dicto otro decreto, este decía lo siguiente: “Todo varón nacido de las hebreas debía de ser tirado al rio para que muriesen y si fuera hembra se le perdonaba la vida”. Días después una pareja de la familia de Levi tuvo un hijo de aspecto muy hermoso y lo tuvo en secreto por tres meses, luego de eso, el niño es puesto en una canasta de juncos con arreglos muy hermosos y fue tirado al rio, la hija del faraón llamada Termutis observa la canasta y la rescata, se da cuenta del niño que le fue puesto como nombre Moisés. (Andrews 1995, Pag.73).

La hija del Faraón adopto a ese niño hebreo, pasa a formar parte de una familia egipcia acogiendo todas sus costumbres y reglas. Ahí podemos presenciar una adopción ilegal porque no fue consentida por el poder de Tutmosis I pero se pueden apreciar los primeros indicios de la institución de la adopción. (Andrews 1995, Pag.73).

La adopción tiene como objetivo evitar desgracias a los niños desamparados y que puedan tener un nuevo hogar. La adopción siempre ha sido un medio que se ha usado a favor del bienestar de la niñez desamparada de sus padres. (Pérez, 2018, Pag.3).

Edad Antigua:

La adopción no es un fenómeno reciente, en tiempos remotos ya existían ciertas regulaciones sobre la adopción en Mesopotamia, también sería bueno destacar el Código de Hamurabi alrededor del año 1790 – 1750 A.C creado por el Rey del imperio Babilónico llamado Hamurabi, es unos de los conjuntos de leyes más antiguos y en el ya se hablaba de la adopción. (http://www.laopinioncoruna.es/sociedad/2013/06/30/ adopcion-historia/737653.html).

Se emplean citas del Código de Hamurabi que tratan sobre el tema de investigación: "Si uno tomó un hijo en adopción como si fuera su hijo, dándole su nombre y lo crió, no podrá ser reclamado por sus parientes" o "Si uno adoptó un niño y cuando lo tomó hizo violencia sobre el padre y la madre, el niño volverá a casa de sus padres" (http://www.laopinioncoruna.es/sociedad/2013/06/30/adopcion-historia/737653.html)

Grecia:

En la antigua Grecia este proceso de adopción es sometido a unas series de rituales, si nos enfocamos en Grecia había un protocolo; “Si un padre quería dar a su hijo en adopción lo dejaba en una vasija funeraria en un camino y la gente sabía que podía llevarse al niño”. (http://www.laopinioncoruna.es/sociedad/2013/06/30/adopcion-historia/737653.html).

La vasija funeraria era como el desprecio del padre biológico para con el niño (a) y el permiso consentido de que cualquiera que lo recogiese tenia la guarda del niño (a): “Si el niño era recogido por cualquier transeúnte era una bendición tan grande que era considerado como volver a nacer, al contrario, muchos de esos niños que no tuvieron la dicha ser recogidos de la vasija funeraria eran comido por animales o morían agonizantes por hambre y sed. (http://www.laopinioncoruna.es/sociedad/2013/06/30 /adopcion-historia/737653.html).

Roma:

Al referirse a Roma es bueno destacar que en muchas ocasiones era más preferido adoptar a un niño (a) que criar un hijo biológico, los adoptantes romanos se caracterizaban por ser de la aristocracia, los romanos observaban la adopción como un contrato para asegurar la perpetuidad familiar. En la época Romana habían dos clases de adopción: 1) La adopción de una persona sui juris que es la adrogación; 2) La adopción de una persona alieni juris que es la adopción propiamente dicha. (Petit, 2005, Pág. 105.).

La adrogación fue una de las formas de adopción más antiguas, muchos eruditos creen que cuando se estaba formando el Imperio Romano ya la adrogación existía. Los efectos de esta institución era que el adrogado pasaba bajo la potestad paterna del adrogante, mientras que en la adopción es bueno destacar que es menos antigua que la adrogación, la adopción en Roma fue creada a través de la Ley de las XII Tablas alrededor del año 304 D.C. (Petit, 2005, Pág. 105.).

Los efectos de la adopción para ese entonces era que el adoptado sale de su familia civil, perdiendo sus antiguos derechos de agnación, para conservar únicamente la cualidad del cognado, entrando a los derechos adquiridos que le trasfiere su nueva autoridad paterna. (Petit, 2005, Pág. 105.).

En Roma existían varias reglas que debían de llevarse a cabo para la adrogación y la adopción, citaremos algunas: 1) El adrogado debía consentir en la adrogación ; 2) El adoptante tenía que ser mayor que el adoptado, regla que se ha tomado en cuenta en la mayoría de las legislaciones de Latinoamérica y otros países Europeos; 3) La adrogación solo era permitida para aquel que no tuviese hijos bajo su autoridad; 4) Las mujeres en el Imperio Romano no podían adoptar, era una sociedad machista, 5) Los esclavos no podían ser adoptados. (Petit, 2005, Pág. 105.).

Influencias de la primera guerra mundial (1914-1918) a la adopción:

Josserand (1950) planteo lo siguiente: “La primera guerra mundial determinó una ampliación de esta institución que la ley de 19 de junio de 1923 asentó en más amplias bases, se hizo sentir la necesidad para los huérfanos de guerra, de encontrar un protector y un hogar, para los padres cuyos hijos habían muerto por Francia, de trasladar su afecto a otros hijos y para dar satisfacción a esta doble corriente efectiva, el legislador de 1923 al reproducir casi textualmente un proyecto elaborado por la sociedad de estudios legislativos, modificó los artículos 343 a 370 del Código Civil en un sentido netamente liberal. (Pag.420).

Josserand (1950) sostuvo que: “las condiciones de la adopción son, desde aquella época, singularmente menos rigurosas que en el sistema del Código Civil, y por tal razón el número de adopciones aumento sensiblemente”. (Pag.420).

“Las guerras siempre han sido desastrosas para la humanidad, la sed de poder trastorna el intelecto humano, los niños, niñas y adolescentes son el regalo de Dios al mundo y su futuro, la guerra es el enemigo más bestial que puede tener el planeta tierra y sus habitantes, la primera guerra mundial produjo alrededor de 31, 000,000 de muertos, de los cuales muchos tenían familia, quedaron alrededor de 9,000,000 niños huérfanos, producto de esa situación se generó con mas ahincó el desamparo filial originario”. (Perez y Cruz, 2018. Pag.8)

“Las Organizaciones Internacionales y distintos Legisladores Europeos ven la necesidad de proteger, salvaguardar la vida, salud, y derechos de esos niños huérfanos, es por ello que esta guerra influyo tanto en la adopción de niños huérfanos que la catapultó a nivel mundial” (Pérez y Cruz, 2018. Pag.9)

2.1.1 Influencias del Derecho Francés en materia de Adopción a la República Dominicana.

Es bueno destacar que los códigos napoleónicos (1804) adoptaron muchas normativas de los códigos romanos verbigracia de ello sería; las formas de adopción en Francia, las regulaciones relativas a las adopciones francesas que de una manera u otra tienen sus orígenes en el Derecho Romano, haciendo hincapié en el auge que provoco el Derecho Francés en muchos países de Latinoamérica y otros Europeos, entre los cuales está la República Dominicana. (Vega 2007. Pag.123).

Vega (2007) expresa que: la República Dominica adopta los códigos Franceses por la frustratoria independencia efímera en el 1821-1822 que estalla en la cruel opresión haitiana desde el 1822-1844, (Pag.123).

Estévez (2012) afirma que: la constitución Haitiana y demás códigos eran copias fieles de las leyes francesas las cuales esté país la adopto en ese período y a través de las demás repúblicas, tanto así que se mantuvieron intacta hasta principios del Siglo XX, (Pag.42).

Se debe hacer hincapié al siglo ya citado debido a que ahí es que comienza a evolucionar el sistema legal de la adopción en este país, con la implementación de la Ley 51-52 del 13 de junio del 1959 a mediado del siglo XX se excluye al Poder Estatal sobre los procedimientos de la adopción, esto provocó duras criticas debido a las desprotección que esto generaba a los niños, niñas y adolecentes del país, todo esto ocasiono unas series de reformas ideológicas en el pensamiento legislativo entre las cuales estaban: “reformar la estructura legal de la adopción en este país”. (Estévez. 2012. Pág. 43).

Para final del siglo XX específicamente el 22 de abril del 1994 se aprueba a través del Poder Ejecutivo el primer Código del Menor Ley 14-94, con las influencias de las convenciones internacionales sobre los derechos de los niños, niñas, y adolecentes en el año 1989, eso influyó para que se reforme la ley 14-94 por la Ley 136-03 del 7 de agosto del año 2003 que además fue modificada por la ley Núm. 52-07, del 23 de abril del 2007. (Estévez. 2012. Pág. 43).

2.2 La adopción:

La adopción puede ser definida desde el punto de vista de varios autores:

“La adopción es una institución de derecho civil por la que se establece entre dos personas relaciones análogas a las que crean las justae nuptiae, entre el hijo y el jefe de familia” (Petit, 2005, pág. 105).

“La adopción es un contrato solemne, sometido a la aprobación judicial, que crea entre dos personas relaciones análogas a las que resultaría de la filiación legitima” (Planiol, 1997, pág. 240).

“Acto jurídico solemne que crea entre dos personas vínculos de parentescos civiles, análogos a los que se derivan de la paternidad y filiación legitimas” (Larousse, 2010, pag.44).

“Acto jurídico que crea un vinculo de filiación ficticia entre dos personas, una llamada adoptante y otra adoptado, sin que el adoptado pierda sus derechos en la propia familia” (Capitant, 1961, pag. 33).

“La adopción es una institución jurídica de orden público e interés social que permite crear, mediante sentencia rendida al efecto, un vínculo de filiación voluntario entre personas que no lo tienen por naturaleza” (Ley 136-03 Art. 111).

“La adopción es una institución de derecho del niño y adolescente de integración familiar, de orden público e interés social que se constituye en un proceso jurídico judicial o administrativo, por el cual, mediante la sentencia judicial o resolución administrativa, se creará el vínculo de filiación adoptiva” (Salazar, 2010, pag.239).

La adopción puede ser definida como un acto jurídico que crea un vinculo de filiación ficticia entre el adoptante y el adoptado, donde el adoptado pasa a formar parte de la familia del adoptante y adquiere todos los derechos como si fuera un hijo biológico. (Pérez y Cruz, 2018, Pag.4).

2.3 Características de la adopción:

Según Villalobos, A. y Loaiza, F. (2006), la adopción tiene las características que a continuación serán citadas:

- Es una Institución Jurídica que está reglamentada por la Ley 136-03.
- Es de carácter solemne la figura que adopta, porque la ley contempla ciertas formalidades que dicha institución amerita.
- Es una medida de protección, ya que está consagrada con la función de proteger y garantizar los derechos de los niños, niñas y adolecentes.
- Es un acto voluntario, puesto a que los padres adoptantes tienen el privilegio de participar en el dicho proceso.
- Se crea una filiación legítima por medio de la adopción estatuida por el Legislador a favor de los niños, niñas y adolescentes para garantizarles sus derechos.
- El adoptado deja de pertenecer a su familia se extingue todo parentesco de consanguinidad.

2.4 ¿Quienes pueden adoptar?

El Art. 118 de la Ley No. 136-03 estatuye lo siguiente sobre quienes pueden adoptar, estas son las siguientes personas:

a) Los conyugues dominicanos casados durante tres (3) años; y los extranjeros durante cinco (5) años de casados.

b) La pareja dominicana formada por un hombre y una mujer, cuando demuestren una convivencia ininterrumpida por lo menos de cinco (5) años.

c) Las personas solteras que de hecho tengan o hayan tenido la responsabilidad de la crianza, cuidado y educación de un niño, niña o adolescente.

d) El viudo o la viuda, si en vida del cónyuge ambos hubieren comenzado el procedimiento de adopción.

e) El cónyuge divorciado o separado cuando el procedimiento de adopción ya existía al tiempo del divorcio o la separación.

f) El o la cónyuge en matrimonio o los esposos unidos consensualmente podrá hacer legal la adopción del hijo (a) del otro u otra cónyuge.

g) Los abuelos, tíos y hermanos mayores de edad, a sus nietos, sobrinos y hermanos menores, cuyo padre o madre o ambos progenitores hayan fallecido y los adoptantes puedan garantizar el bienestar integral de sus parientes.

2.5 Condiciones relativas a los adoptados

La ley No. 136-03 en su artículo 121 estatuye lo siguiente: “la adopción procederá a favor de las personas menores de 18 años de edad a la fecha de solicitud. Además, podrán ser adoptados:

A) Niños, niñas o adolescentes huérfanos de padre y madre.

B) Niños, niñas o adolescentes de padres desconocidos, que se encuentren bajo la tutela del Estado.

C) Niños, niñas o adolescentes cuyo padre y madre hayan sido privados de la autoridad parental por sentencia.

D) Niños, niñas o adolescentes cuyos padres consientan a la adopción.

2.6 Naturaleza Jurídica de la adopción

La adopción es una institución jurídica de orden pública e interés social que permite crear, mediante sentencia rendida al efecto, un vínculo de filiación voluntario entre personas que no lo tienen por naturaleza. (Ley 136-03 en su artículo 111)

Elementos de la Naturaleza Jurídica:

1- Institución jurídica de orden público.

2- Hay un vínculo de filiación de personas que no lo tienen por naturaleza.

3- Es un procedimiento tanto administrativo como judicial.

4- Crea Derechos.

Diversas teorías de la Naturaleza de la Adopción:

1-Teoría Contractual: Aquí prima el espíritu romano – civilista del individualismo y el valor de la autonomía de la voluntad, por lo tanto lo que se privilegia aquí para el avance de la adopción, es la manifestación tanto del adoptante como el adoptado. (Salazar, 2010 p. 237).

Colín y Capitán (1993) señalan: “La adopción es un acto jurídico generalmentecontractual que crea entre dos personas relaciones físicas y puramente civiles de filiación y parentesco. (Pag.175)

Para la doctrina contractual no existe un verdadero vínculo matrimonial, ni una relación paterna filial, pero sí constituían derechos alimentarios, sucesorios y Patria Potestad. (Salazar, 2010 p. 235)

Una de las criticas de esta teoría era que el Estado intervenía de manera directa a través de la autoridades administrativas o judiciales sin el consentimiento del adoptante y del adoptado, mientras que en las relaciones contractuales no. (Salazar, 2010 p. 235)

2-Teoría Institucional: Según esta teoría se concibe la adopción no como un mero contrato como la pasada teoría que tratamos precedentemente, en esta teoría se contempla la adopción como un sistema institucionalizado, “una institución de derechos de los niños, niñas y adolescentes”. Aquí hay lo que sería una codificación que regula los derechos de los menores, hay principios concretos, regulaciones administrativas y judiciales para el avance de la adopción. (Salazar, 2010 p.236)

3-Teoría institucional desde la perspectiva del niño como sujeto del derecho: aquí el niño no es observado como un objeto de compasión y protección, aquí se obliga al Estado a prestarle seguridad y bienestar a los menores, ofrecerles derechos y garantizarles sus Derechos Fundamentales. Al contrario de la Teoría Irregular donde el Estado hacía lo que quisiera con los menores, ahora siguiendo el tenor de esta teoría, el menor tiene todo el derecho de exigirle al Estado y demandar al mismo. En esta teoría se destierra el término : “menor”, que tenía la Teoría Irregular, en la Teoría Irregular el menor estaba desprotegido afianzado en meros derechos objetivos pero carente de derechos subjetivos, no obstante en la teoría institucional desde la perspectiva del niño, se observa como un “sujeto de derechos”. (Salazar, 2010 p. 237).

Pérez (2018) planteo lo siguiente: “Nuestra codificación del menor Ley 136-03 se ajusta a la teoría institucional desde la perspectiva del niño como sujeto del derecho, debido a los principios que rigen el código del menor, esos principios que son los pilares del código, proyectan la primacía del menor como sujeto de derechos”. (Pag.11)

Cuando se observa el primer principio del código del menor ahí se plantea el objetivo del código que es garantizar los derechos de los niños, niñas y adolecentes en todo el territorio nacional. Sería bueno hacer hincapié en el principio de interés superior del niño, niña y adolecente que colabora en el constructo mental de los juristas de que el código se ajusta a la teoría institucional desde la perspectiva del niño como sujeto del derecho, el Estado Dominicano tiene toda la obligación de escuchar las opiniones, necesidades, condiciones y la priorización de sus derechos. (Pérez, 2018, Pag.13)

2.7 La adopción en la República Dominicana

La institución jurídica de la adopción en la República Dominicana desde sus inicios no sufrió cambios significativos debido al poco interés que se le revistió, la evolución de la adopción en el siglo XX fue enriquecida, primero por la ley 51-52 del 13 de Junio del 1959, puesto a que antes tenía un carácter privado dejando al Estado sin participación en el proceso provocando que se le vulneraran derechos a los niños, se fue acentuando al pasar los años la preocupación por ser obsoletos los textos legislativos vigentes en la época, siendo este uno de los factores cimeros para la elaboración y promulgación del nuevo código del menor. (Cisseron, Prodomo.13).

El cual fue sometido al Poder Ejecutivo para fines de aprobación en el año 1993, pero las autoridades no le prestaron la debida atención a esta pieza jurídica. Se aprobó el 22 de Abril del 1994 el Código del Menor o Ley 14-94 y en el año 2003 del 7 de Agosto fue promulgada la Ley 136-03 conocido como código para el sistema de protección y los derechos fundamentales de niños, niñas y adolecentes.

[...]

Final del extracto de 84 páginas

Detalles

Título
La Adopción de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos en el Distrito de Valverde 2010-2017
Autores
Año
2018
Páginas
84
No. de catálogo
V420489
ISBN (Ebook)
9783668781566
ISBN (Libro)
9783668781573
Idioma
Español
Palabras clave
adopción, niños, huérfanos, padres, desconocidos, distrito, valverde
Citar trabajo
Arturo Pérez (Autor)O. M. De La C. (Autor), 2018, La Adopción de Niños Huérfanos y de Padres Desconocidos en el Distrito de Valverde 2010-2017, Múnich, GRIN Verlag, https://www.grin.com/document/420489

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