Implicaciones del Espacio Armonizado Europeo de Seguridad y Calidad Industrial en las Metodologías de Gestíon de Proyectos Sostenibles


Tesis Doctoral / Disertación, 2011

571 Páginas, Calificación: 10,00


Extracto


ÍNDICE

ÍNDICE DE ILUSTRACIONES

ÍNDICE DE TABLAS

INTRODUCCIÓN

1. - ANTECEDENTES DEL MERCADO INTERIOR EUROPEO
1.1. - INTRODUCCIÓN
1.2. -ANTECEDENTES DE FORMACIÓNDEL MERCADO INTERIOR EUROPEO
1.3. - INSTRUMENTOS DE AVANCE EN EL MERCADO INTERIOR EUROPEO
1.3.1. - PRIMER PASO: EL RECONOCIMIENTO MUTUO
1.3.2. - SEGUNDO PASO: LA ARMONIZACIÓN TÉCNICA DE LAS LEGISLACIONES
1.3.3. - SISTEMAS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD
1.4. - CONSIDERACIONES

2. - ESPACIO ARMONIZADO EUROPEO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
2.1. - INTRODUCCIÓN
2.2. - MARCO DE REFERENCIA
2.3. - ARTICULACIÓN LEGAL DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL
2.3.1. - ARTICULACIÓN LEGALA NIVEL EUROPEO
2.3.1.1. - ESQUEMA DE REALIZACIÓN DE DIRECTIVAS
2.3.1.2. - DIRECTIVAS APROBADAS
2.3.2. - ARTICULACIÓN LEGALA NIVEL NACIONAL
2.3.2.1. - FUENTES LEGISLATIVAS
2.3.2.2. - LEGISLACIÓN INDUSTRIAL
2.4. - SEGURIDAD GENERAL DE LOS PRODUCTOS INDUSTRIALES
2.5. - CONSIDERACIONES

3. - VÍNCULOS ENTRE SEGURIDAD Y CALIDAD INDUSTRIAL
3.1. - INTRODUCCIÓN
3.2. - EVOLUCIÓN DEL TÉRMINO CALIDAD
3.3. - INFRAESTRUCTURA COMÚN DELA CALIDAD Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
З.З.1. - VINCULACIONES NORMATIVAS
3.3.2. - NORMALIZACIÓN INDUSTRIAL
3.3.3. - ACREDITACIÓN INDUSTRIAL
3.3.4. - CERTIFICACIÓN INDUSTRIAL
3.4. - SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN
3.4.1. - INTRODUCCIÓN
3.4.2. - MARCO DE REFERENCIA
3.4.3. - NUEVOS ÁMBITOS DE DESARROLLO DE SISTEMAS DE GESTIÓN
3.5. - CONSIDERACIONES

4. - METODOLOGÍAS DE GESTIÓN DE PROYECTOS SOSTENIBLES
4.1. - INTRODUCCIÓN
4.2. - EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LAGESTIÓN DE PROYECTOS
4.2.1. - PRECURSORES DE HERRAMIENTAS AL SERVICIO DELA GESTIÓN DE PROYECTOS
4.3. - MARCO DE REFERENCIA EN LAGESTIÓN DE PROYECTOS SOSTENIBLES
4.3.1. - DEFINICIONES Y CLASIFICACIÓN DE PROYECTOS
4.3.2. - LAGESTIÓN DE PROYECTOS SOSTENIBLES
4.3.3. - FACTORES DE ÉXITO Y FRACASO EN EL DESARROLLO DE PROYECTOS
4.3.4. - FACTORES INFLUYENTES
4.4. - NORMATIVA SOBRE GESTIÓN DE PROYECTOS
4.4.1. - UTILIZACIÓN DE NORMAS Y REGLAMENTOS
4.4.2. - NORMATIVA INTERNACIONAL SOBRE GESTIÓN DE PROYECTOS
4.5. - CONSIDERACIONES

5. - METODOLOGÍAS PREDICTIVAS DE GESTIÓN DE PROYECTOS
5.1- DESARROLLO DE LA PLANIFICACIÓN DEL PROYECTO
5.1.1. - CICLO DE VIDA DE UN PROYECTO
5.1.2. - ESTRUCTURA DE DESCOMPOSICIÓN DEL PROYECTO (EDP)
5.2- PRODUCCIÓN BASADA EN PROCESOS
5.2.1. - MEJORA CONTINUA
5.2.2. - PRINCIPALES ENFOQUES PRODUCTIVOS BASADOS EN MEJORA CONTINUA
5.3. - GESTIÓN DE CAMBIOS EN LOS PROYECTOS
5.4. - ORGANIZACIONES REFERENTES EN LAGESTIÓN DE PROYECTOS PREDICTIVA
5.4.1. - ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE GESTIÓN DE PROYECTOS
5.4.2. - INSTITUTO DE GESTIÓN DE PROYECTOS
5.4.3. - EL MODELO PRINCE2
5.5. - CONSIDERACIONES

6. - METODOLOGÍAS ÁGILES DE GESTIÓN DE PROYECTOS
6.1. - INTRODUCCIÓN
6.2. - MARCO DE REFERENCIA DE LOS ENTORNOS DE DESARROLLO ÁGIL
6.2.1. - CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNOÁGIL
6.2.2. - OBJETIVOS DELA GESTIÓN ÁGIL
6.2.3. - DESARROLLO ÁGIL DE FASES
6.2.4. - PRINCIPIOS DEL MANIFIESTO ÁGIL
6.3. - DIFERENCIAS ENTRE DESARROLLO TRADICIONAL Y ÁGIL DE PROYECTOS
6.3.1. - DIFERENCIAS FUNDAMENTALES
6.3.2. - COMPARATIVA ENTRE METODOLOGÍAS ÁGILES VERSUS TRADICIONALES
6.3.3. - TENDENCIAS DE DESARROLLO DE PROYECTOS
6.4. - DESARROLLO EXITOSO DE METODOLOGÍA ÁGIL: SCRUM
6.5. - CRITERIOS DE DECISIÓN DEL ESTILO DE GESTIÓN
6.6. - CONSIDERACIONES

7. - HERRAMIENTAS Y MÉTRICAS EN LA GESTIÓN DE PROYECTOS
7.1. - INTRODUCCIÓN
7.2. - HERRAMIENTAS PREDICTIVAS DE GESTIÓN DE PROYECTOS
7.2.1. - DIAGRAMA DE GANTT
7.2.2. - GESTIÓN DE PROYECTOS POR CADENA CRÍTICA (CCPM)
7.2.3. -ANÁLISIS DE VALOR
7.3. - METROLOGÍAS ÁGILES
7.3.1. - PRINCIPIOS
7.3.2. - PRINCIPALES HERRAMIENTAS
7.4. - PROGRAMAS INFORMÁTICOS PARA LA PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE PROYECTOS
7.4.1. - CRITERIOS BÁSICOS DE SELECCIÓN
7.4.2. - TABLA DE PROGRAMAS INFORMÁTICOS
7.4.3. - OTROS MEDIOS PARA PLANIFICAR PROYECTOS

8. - PROPUESTA DE EVALUACIÓN DE IMPLICACIONES
8.1. - INTRODUCCIÓN
8.2. - IMPLICACIONES DEL ESPACIO ARMONIZADO EUROPEO DE SEGURIDAD Y CALIDAD INDUSTRIAL EN LA GESTIÓN DE PROYECTOS SOSTENIBLES
8.2.1. - IMPLICACIONES LEGALES DE LOS PROYECTOS
8.2.2. - DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN
8.2.3. - GESTIÓN DEL DISEÑO EN SERVICIOS
8.2.4. - TENDENCIAS ORGANIZACIONALES MÁS FLEXIBLES
8.2.5. - RELACIONES ENTRE EL CICLO DE VIDA DE LOS PRODUCTOS, LOS PROYECTOS Y EL CICLO DE DEMING (PDCA)
8.2.6. - REVITALIZACIÓN DEL CONCEPTO DE MEJORA CONTINUA
8.3. - COMPARATIVA ENTRE DIVERSAS METODOLOGÍAS Y TÉCNICAS DE GESTIÓN
8.4. - CONSIDERACIONES

9. - CONCLUSIONES
9.1. - INTRODUCCIÓN
9.2. - CONCLUSIONES GENERALES
9.3. - CONCLUSIONES PARTICULARES
9.4. - PROPUESTAS DE DESARROLLOS FUTUROS

REFERENCIAS

ANEXOS:
ANEXO I: LEGISLACIÓN INDUSTRIAL BÁSICA
ANEXO II: LEGISLACIÓN DEL SECTOR ENERGÉTICO
ANEXO III: LEGISLACIÓN MEDIOAMBIENTAL
ANEXO IV: CRONOLOGÍA DE LA UNIÓN EUROPEA
ANEXO V: NORMAS UNE SOBRE SEGURIDAD INDUSTRIAL Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
ANEXO VI: NORMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD

ÍNDICE DE ILUSTRACIONES

Ilustración 1: Módulos de Conformidad

Ilustración 2: Mind Map de elementos en el diseño de un servicio

Ilustración 3: Distribución de certificados ISO 9000 por Sectores de Actividad

Ilustración 4: Mind Map de Clasificación de Proyectos

Ilustración 5: Concepto de Oficina de Gestión de Proyectos

Ilustración 6: Mind Map del Desarrollo de Estructura de Desglose de Trabajo (WBS)

Ilustración 7: Mind Map de KAIZEN

Ilustración 8: Simultaneidad de Ingeniería Concurrente vs Secuencialidad

Ilustración 9: Adaptación a PRINCE2

Ilustración 10: Evolución de Certificados PRINCE2 en España

Ilustración 11: Evolución de Certificados PRINCE2 en el Mundo

Ilustración 12: Mind Map de Scrum como Metodología Ágil

Ilustración 13: Porcentaje de Implantación de las Diferentes Metodologías de Desarrollo

Ilustración 14: Factores a Considerar en el Diseño de Productos

Ilustración 15: PMBOK ® y Los Módulos de Conformidad

Ilustración 16: PRINCE2 y Los Módulos de Conformidad

Ilustración 17: Mind Map de Realización del Producto

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1: Directivas Aplicables por Producto

Tabla 2: Diferencias entre Módulos E, Dy Henla norma UNE-EN-ISO 9001:2008

Tabla 3: Esquema de Realización de Directivas

Tabla 4: Normas Armonizadas Adoptadas en el Ámbito de la Directiva 2001/95/CE (SGP)

Tabla 5: Normativa en Seguridad General de los Productos

Tabla 6: Clasificación Internacional de Productos

Tabla 7: Clasificación Internacional de Servicios

Tabla 8: Investigación del Término Calidad por Garvín

Tabla 9: Normas utilizadas por ENAC para la Acreditación

Tabla 10: Actividad de Acreditación en España 2010

Tabla 11: Países Europeos firmantes MLA

Tabla 12: Otros Países firmantes MLA

Tabla 13: Beneficios de la Certificación ISO 9000

Tabla 14: Beneficios Subjetivos de la Norma ISO 9000

Tabla 15: Elementos comunes de las Normas ISO 9001, ISO 14001 y UNE 81900

Tabla 16: Nuevos Ámbitos de Desarrollo de SIG

Tabla 17: Ejemplos de Proyectos a través de la historia

Tabla 18: Clasificación de los proyectos según sus objetivos y los campos de aplicación

Tabla 19: Códigos y Normas más utilizados Internacionalmente

Tabla 20: Familia UNE 16600X

Tabla 21: Comparativa entre UNE 160000 e ISO 9000

Tabla 22: Características de Productos Mejorados vs Innovadores

Tabla 23: Proyectos vs Operaciones

Tabla 24: Diferentes Términos usados para planificar el trabajo del proyecto

Tabla 25: Comparativa de Fortalezas Japón vs Oeste

Tabla 26: Kaizen vs Innovación

Tabla 27: Pasos para la implantación de Lean

Tabla 28: Razones para Aplicar Benchmarking

Tabla 29: Fases y Etapas del Benchmarking

Tabla 30: Beneficios de PMI y PRINCE2

Tabla 31: Cronología de evolución de PMI

Tabla 32: Descripción de los grupos de procesos de la gestión de proyectos según PMBOK®

Tabla 33: Descripción de las áreas de conocimiento según PMBOK®

Tabla 34: Plan para la Dirección del proyecto

Tabla 35: Documentos del proyecto

Tabla 36: Correspondencia entre grupos de procesos y áreas de conocimiento según PMBOK® 4a Edición

Tabla 37: Cronología de la evolución de PRINCE2

Tabla 38: Comparativa de los Modelos PRINCE2 vs PMBOK®

Tabla 39: Principios Ágiles vs Predictivas

Tabla 40: Diferencias entre Desarrollo Tradicional vs. Ágil

Tabla 41 : Principales Diferencias entre Metodologías Ágiles vs Tradicionales

Tabla 42: Diferencias por Etapa y Enfoque entre Metodologías Predictivas y Ágiles

Tabla 43: Factores Clave para la Gestión Scrum

Tabla 44: Visión General del Proceso Scrum

Tabla 45: Características determinantes del enfoque en el desarrollo de productos

Tabla 46: Criterios de idoneidad de metodologías dependiendo del proyecto

Tabla 47: Herramientas de Software para Gestión y Dirección de Proyectos

Tabla 48: Procedimientos de Evaluación de la Conformidad

Tabla 49: Proceso de Diseño según UNE 66920-3:2001

Tabla 50: Equivalencias entre PMBOK®, PRINCE2 y la NORMA 66920-3:2001

Tabla 51: Gestión de Diseño de Servicios según UNE 66920-2

Tabla 52: Modelos Teóricos de la Sostenibilidad de la Mejora Continua de los Procesos

Tabla 53: ITC correspondientes a Baja Tensión

Tabla 54: Normas Elaboradas por CTN 66 Gestión de la Calidad y Evaluación de la Conformidad

INTRODUCCIÓN

“En los casos arduos y dificultosos, en un mismo punto han de andar el consejo y la obra” (Miguel de Cervantes Saavedra, Don Quijote de la Mancha).

En la célebre frase anterior, se puede encontrar en esencia, una identificación con la problemática que encierra la gestión de proyectos sostenibles, en la que cada proyecto, representa un nuevo caso, arduo y dificultoso, es decir, de difícil solución y lleno de impedimentos para alcanzar la meta perseguida.

La historia de la humanidad se encuentra repleta de numerosos ejemplos de los esfuerzos que ha realizado el hombre para avanzar en su desarrollo, proyectos que en cada momento se realizaron con las herramientas disponibles que facilitaban, la tecnología y los conocimientos científicos del momento.

En la actualidad la consolidación del cuerpo de conocimientos de la gestión de proyectos, brinda un acercamiento a la identificación de los problemas con los que frecuentemente se encuentran las organizaciones a la hora de enfrentarse a sus proyectos. La conocida triple restricción, tiempo, costo y alcance, necesariamente se ha de tener en cuenta, para la consecución de proyectos exitosos, pero, actualmente ha sido ampliada a otras metas a conseguir: la calidad, la satisfacción del cliente, el riesgo, los recursos, el respeto al medio ambiente, y últimamente en un factor clave introducido por las metodologías ágiles, el valor añadido.

Por otra parte, un aspecto crucial en el desarrollo de nuevos proyectos que acontecen en el ámbito de la Unión Europea, es el conocimiento del marco regulatorio del Mercado Único, que facilitará el camino para vencer las dificultades y conseguir los objetivos perseguidos. La globalización, la apertura de los mercados y consecuentemente la libertad de comercialización, se encuentran sometidas frecuentemente a acontecimientos que devuelven los ideales a la realidad, de que el camino a recorrer está Heno de obstáculos y ya sea, a nivel supranacional, nacional, regional o incluso local, cada entidad intenta sacar las mayores ventajas y cuando conviene, saltarse las reglas del juego.

El objetivo de la presente Tesis, se centra en encontrar vínculos, que ayuden a definir las implicaciones que deben considerarse en los proyectos de desarrollo de nuevos productos y nuevos métodos de producción, cuando se pretenda comercializar productos y servicios en el espacio europeo. Por ello, la segunda parte de la frase con la que comienza este capítulo, “en un mismo punto han de estar el consejo y la obra ”, plantea una solución determinada, por la voluntad de aunar las recomendaciones de las metodologías de gestión de proyectos y el trabajo que requiere poner en prácticas las mismas.

Del propio título de la Tesis, Implicaciones del Espacio Armonizado Europeo de Seguridad y Calidad Industrial en las Metodologías de Gestión de Proyectos Sostenibles, se deduce su carácter multidisciplinar, al combinar varias disciplinas que involucran áreas que tienen vinculaciones en común. Con ello se pretende profundizar en el principio de fertilización cruzada del conocimiento, deduciendo resultados, cuyas conclusiones puedan beneficiar a todas las partes implicadas.

A lo largo de la presente Tesis se encontrarán términos que se repetirán y que están incluidos en los denominados recursos tecnológicos, tan necesarios como instrumentos al servicio de los proyectos, y que bien podrían clasificarse en las siguientes categorías diferentes:

- Las herramientas, conjunto de instrumentos o procedimientos que aumentan la capacidad de hacer ciertas tareas.
- Las metodologías, que envuelven aspectos conceptuales más amplios, conjunto de métodos que se siguen en una investigación científica o en una exposición doctrinal.
- Los métodos, procedimiento que se sigue en las ciencias para hallar la verdad y enseñarla. La metodología es el estudio del método.
- Estrategias, conjunto de reglas que aseguran una decisión óptima en cada momento o conjunto de acciones planificadas en el tiempo que se llevan a cabo para lograr un fin.

Respecto a la metodología utilizada para el desarrollo de esta Tesis, se plantea un esquema de trabajo en el que se va avanzado a través de diez capítulos, estructurados en tres partes principales, correspondientes a diferentes áreas de estudio:

1. En la primera parte, se encuentran cuatro capítulos, encabezados por el presente que sirve de introducción y resumen de esta tesis, seguido de aquellos dedicados al análisis del espacio europeo armonizado de seguridad y calidad industrial.
2. En la segunda parte, los cuatro capítulos que la componen estudian las metodologías de gestión de proyectos sostenibles y las herramientas y métricas utilizadas.
3. La última parte de la tesis, está dedicada a proponer una evaluación de las implicaciones que existen entre las dos primeras partes, para terminar con las conclusiones extraídas del estudio.

Se ha reflejado la normativa actualizada, pero también en los casos en que ha sido necesario, se hace referencia a normativa anterior, por su importancia y aportación clave, para la mejor comprensión de la evolución del tema a tratar.

A continuación se revisarán cada uno de los capítulos que componen la presente Tesis, informando que contienen, una breve introducción, el desarrollo de los puntos clave considerados en el estudio y unas consideraciones finales.

1a PARTE: EL ESPACIO ARMONIZADO EUROPEO DE SEGURIDAD Y CALIDAD INDUSTRIAL

Esta primera parte, fundamentalmente está compuesta por tres capítulos, centrados en el estudio del panorama legislativo actual de la Unión Europea, considerando los antecedentes de formación del Mercado Interior, la articulación legal de la seguridad industrial en el ámbito obligatorio, la calidad en el voluntario y los vínculos existentes entre ambos.

Capítulo 1: Antecedentes del Mercado Interior Europeo

Para situarse en el espacio económico europeo, el estudio de los antecedentes históricos de formación de la Unión Europea, sirve de apoyo a la comprensión de cómo se estructura el escenario europeo. Como refuerzo se proporciona una breve cronología de los acontecimientos clave de especial importancia, para la formación de la Unión.

Los instrumentos de avance, en la consecución de uno de los pilares fundamentales de la Unión, la libre circulación de mercancías, se apoyan en varios pasos para conseguir evitar las barreras arancelarias. El primer paso, el principio de reconocimiento mutuo, debiera servir para garantizar dicha libertad, evitando armonizar las legislaciones nacionales y utilizando las “clausulas de reconocimiento mutuo” para facilitar la aplicación de dicho reconocimiento. Las excepciones a este principio, los ámbitos más apropiados para su aplicación, las iniciativas propuestas por la Comisión, el estudio de casos que han sentado jurisprudencia y los diversos proyectos desarrollados por España llevados a cabo para remover los obstáculos al libre comercio, entre otros, constituyen el primer paso.

El segundo paso lo constituye la armonización técnica de las legislaciones, a través de las resoluciones conocidas como el Nuevo Enfoque que fue complementada por el Enfoque Global de la evaluación de la conformidad. En el capítulo se informa de las principales fuentes para encontrar normas armonizadas.

Los módulos de los procedimientos de evaluación de la conformidad que deben utilizarse en la legislación comunitaria sobre armonización, serán objeto de estudio, para complementar los pasos anteriores. Los requisitos esenciales y las obligaciones que deben cumplir los que pretendan comercializar productos y servicios dentro de la Unión serán también tomados en consideración.

Capítulo 2: Espacio Europeo Armonizado de Seguridad Industrial

En este capítulo se describen las diferentes acepciones de la seguridad industrial, junto con las definiciones más significativas dadas por la normativa básica de aplicación, que tiene en la Ley de Industria y el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, su cúspide normativa, así como también se analizarán las diferentes perspectivas para abordar el estudio objeto de este capítulo.

El estudio de la articulación legal de la seguridad industrial se hará a dos niveles, el europeo y el nacional, en ambos se tendrán presentes las fuentes que los informan y el nivel jerárquico de las mismas. A nivel europeo se analizará el esquema de realización y las principales Directivas del sector aprobadas, y a nivel nacional se repasarán las fuentes legislativas, que se desglosarán en los anexos, dividiéndolas en legislación industrial básica, legislación energética, legislación medioambiental y legislación sobre seguridad laboral. Se añadirá a los anexos un catálogo de normas UNE sobre seguridad industrial y prevención de riesgos laborales.

También se estudiará en el ámbito de la seguridad industrial, el sector servicios, el cual ha experimentado un fuerte impulso con la transposición de la llamada Directiva de servicios, que ha supuesto una renovación y reforzamiento del sector para avanzar en la supresión de obstáculos.

Tomando como punto de referencia el Real Decreto 1801/03 de Seguridad General de los Productos, se describirán las condiciones de aplicabilidad de la normativa, la creación de sistemas de alerta tanto a nivel nacional como internacional (RAPEX), así como un listado de las normas armonizadas en este ámbito y la normativa más actualizada en el tema, todo ello teniendo presente los derechos de los consumidores.

Capítulo 3: Vínculos entre Seguridad y Calidad Industrial

Para centrar el tema, se describen los diferentes enfoques y evolución del término calidad a través de las aportaciones de diversos autores, expertos en la materia, el modelo de gestión de calidad adoptado por Europa, EFQM y los elementos del sistema de calidad en servicios, entre otros.

La infraestructura común de la calidad y la seguridad industrial, obliga a establecer las vinculaciones normativas entre ambas a través de la infraestructura acreditable para la seguridad industrial (constituida por los organismos de control y los verificadores medioambientales) y la infraestructura acreditable para la calidad industrial (constituida por entidades de certificación, auditoras y de inspección, laboratorios de ensayo y de calibración).

La actividad de normalización desarrollada en España por AENOR, la actividad de acreditación ejercida por ENAC y la actividad de certificación, así como la evolución experimentada por estas actividades en los últimos años, serán objeto de evaluación.

En este capítulo se incluyen, los Sistemas Integrados de Gestión, como medio para garantizar la gestión eficaz de las organizaciones y como camino hacia la mejora continua de la empresa. La ampliación de los ámbitos de desarrollo de los sistemas de gestión, tales como la responsabilidad social corporativa y la gestión del riesgo, orienta hacia un completo enfoque integral.

2a PARTE: METODOLOGÍAS DE GESTIÓN DE PROYECTOS SOSTENIBLES

Esta parte está estructurada, para adentrarse en el tema de forma progresiva, comenzando por las metodologías de gestión de proyectos sostenibles, estudiadas en el tema 4, continuando con el capítulo 5 que describirá el enfoque de la gestión de proyectos conocido como predictivo, para continuar con el capítulo 6, que analiza las prácticas ágiles. Se finalizará con el repaso de las herramientas y métricas más conocidas, tanto en las metodologías predictivas como en las ágiles, añadiendo una tabla resumen de programas informáticos para la gestión y planificación de proyectos.

Capítulo 4: Metodologías de Gestión de Proyectos Sosteníbles

La evolución de las teorías de producción basadas en procesos, ha permitido la simultánea progresión de la consolidación del conocimiento sobre gestión de proyectos, revelando los factores principales que intervienen en la consecución de los objetivos y los inevitables riesgos que se observan en la aventura que supone un nuevo proyecto.

Un breve vistazo a la historia, demuestra como la gestión de proyectos ha estado presente desde siempre, aunque se identifique con más claridad con las grandes obras de ingeniería civil, realizadas en tiempos pasados. Las teorías de la Administración científica, cuna de la ingeniería industrial, contribuyeron al asentamiento de las herramientas necesarias para el desarrollo eficiente de la gestión de proyectos.

Sintetizar, las definiciones y clasificaciones relativas a los proyectos y su gestión, destacar las necesidades de generar proyectos sostenibles que aúnen la conservación de los recursos medioambientales con la rentabilidad económica, evidenciar los factores más influyentes en el desarrollo y los que más contribuyen al éxito y fracaso, serán objeto de exposición en este capítulo.

La utilización de normas y reglamentos surgidos de experiencias y ensayos repetidos, así como de resultados de estudios científicos, conforman una guía de ayuda al entendimiento, a través de un lenguaje y unas prácticas comunes a todos los implicados en el desarrollo de proyectos.

Capítulo 5: Metodologías Predictivas de Gestión de Proyectos

La gestión predicava de los proyectos supone alcanzar los objetivos previamente definidos, en las fechas previstas, con los recursos asignados y sin sobrepasar el presupuesto, realizando una serie de actividades encaminadas a la planificación de los proyectos, teniendo presente el ciclo de vida y la estructura de descomposición de los mismos.

Los proyectos pueden estar orientados al producto o a los procesos, tienen unas características determinadas, recopiladas de experiencias anteriores y se diferencian sustancialmente de las operaciones rutinarias, que se realizan en todas las organizaciones. La gestión de cambios en los proyectos se contemplará en el presente capítulo.

La mejora continua es la meta principal perseguida por la producción basada en procesos, tradicionalmente vinculada al desarrollo de los conocimientos en gestión de proyectos, a los que ha informado con su continua evolución y crecimiento. Los principales enfoques productivos, basados en mejora continua, han contribuido al avance sustancial de las compañías, en cuanto al desarrollo de nuevos productos, nuevos procesos y nuevas formas de organizar la producción y los objetivos de gestión.

Las principales organizaciones en gestión de proyectos, entre las que destacan el Instituto de gestión de proyectos (PMI) y la organización PRINCE2, serán analizadas partiendo de un breve chequeo cronológico, hasta la descripción de los principios, elementos, procesos, aportaciones de valor e identificación de certificados que emiten, así como un análisis de evolución de los mismos.

Capítulo 6: Metodologías Ágiles de Gestión de Proyectos

Este capítulo orienta sobre el marco de referencia de los desarrollos ágiles, identificando sus características más destacadas, los objetivos que se pretenden alcanzar con este modelo de gestión, las pautas que marcan el desarrollo de fases y los postulados del denominado Manifiesto Ágil, que resume los valores que sirven de soporte y ayuda para guiar los proyectos.

Se observarán las diferencias fundamentales entre el desarrollo predictivo y ágil de gestión de proyectos, se realizará una comparativa de los aspectos clave entre los dos enfoques, indicando las tendencias actuales en la evolución de este campo. Como ejemplo exitoso de metodología ágil, se estudiará la implantación de los campos de Scrum en el desarrollo de productos, se reflejará la visión general evidenciando aquellos aspectos de la metodología que pueden indicar pistas para implantarla con garantías de éxito en el ámbito del desarrollo de productos y servicios industriales.

Se revelarán elementos clave para obtener criterios de decisión de estilos de gestión, buscando la idoneidad de la aplicación de cada una de las metodologías y teniendo presentes las características y prioridades de los proyectos.

Capítulo 7: Herramientas y Métricas en la Gestión de Proyectos

En este capítulo se resumirán, algunas de las herramientas más frecuentemente utilizadas (Diagrama de Gantt, Cadena Critica, Análisis de Valor), entre un conjunto de múltiples posibilidades disponibles. En contraste con las herramientas anteriores, se indicarán los principios que guían la elección de métricas ágiles, los valores y magnitudes en los que se basan y la descripción de las principales métricas.

Se indicarán algunos principios básicos de selección de soluciones disponibles en el mercado, bajo el título de “Project Management Software”, se facilitará una tabla comparativa de programas informáticos, con la incorporación de información relativa al tipo de licencia y si están basados en la Web (por ejemplo, la plataforma de gestión de proyectos del COIIM) y se comentarán otros medios gráficos para planificar proyectos.

3a PARTE: IMPLICACIONES DEL ESPACIO ARMONIZADO EUROPEO DE SEGURIDAD Y CALIDAD INDUSTRIAL EN LAS METODOLOGÍAS DE GESTIÓN DE PROYECTOS SOSTENIBLES

Reflejar las implicaciones, que necesariamente han de contemplar las empresas, que pretendan desarrollar sus nuevos proyectos o modificar los ya existentes en el Espacio Europeo, facilitará el camino para su implantación y reforzará el apoyo necesario para eliminar los obstáculos y barreras a la comercialización de los productos y servicios de los proyectos.

Capítulo 8: Implicaciones del Espacio Armonizado Europeo de Seguridad y Calidad Industrial en las Metodologías de Gestión de Proyectos Sostenibles

Analizar las implicaciones, revela la necesidad de contemplar diversos factores presentes en todos los proyectos, destacando la dimensión legal del marco regulatorio del Espacio Armonizado Europeo, el desarrollo de los procesos de diseño y producción marcados por los procedimientos de evaluación de la conformidad y su influencia en las metodologías de gestión de proyectos, incluyendo la particularización al sector servicios, las relaciones entre el ciclo de vida de los productos, los proyectos y el ciclo de Deming y las tendencias hacia la flexibilidad de las organizaciones.

La revitalización del concepto de mejora continua, es otro factor influyente que ilumina tanto el espíritu de elaboración de normativa en la Unión, como a los principios propuestos por las metodologías de gestión de proyectos, en búsqueda permanente de aportación de valor a las organizaciones, sostenibilidad continuada y excelencia en la consecución de sus logros.

Capítulo 9: Conclusiones

Durante el planteamiento, estudio e investigación de la presente Tesis, se aplicará una metodología que permitirá avanzar a través del desarrollo de un esquema de trabajo que abarca todos los capítulos referidos, de los que se extraerán conclusiones particularizadas para el tema en cuestión. Se recopilarán todas las conclusiones extraídas anteriormente, para elaborar el sustrato esencial que sirva de base de las conclusiones generales y particulares que se puedan deducir de la presente Tesis.

1.- ANTECEDENTES DEL MERCADO INTERIOR EUROPEO

1. - ANTECEDENTES DEL MERCADO INTERIOR EUROPEO 27

1.1. - INTRODUCCIÓN 28

1.2. -ANTECEDENTES DE FORMACIÓNDEL MERCADO INTERIOR EUROPEO 31

1.3. - INSTRUMENTOS DE AVANCE EN EL MERCADO INTERIOR EUROPEO 34

1.3.1. - PRIMER PASO: EL RECONOCIMIENTO MUTUO 34

1.3.2. - SEGUNDO PASO: LA ARMONIZACIÓN TÉCNICA DE LAS LEGISLACIONES 44

1.3.3. - SISTEMAS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD 47

1.4. - CONSIDERACIONES 52

1.1.- INTRODUCCIÓN

El hecho de pertenecer al Mercado Único Europeo marca los modos de comportamiento de las empresas que deben actuar adaptándose a las modificaciones importantes que vienen sucediéndose en la legislación industrial como consecuencia del avance en la creación del Espacio Armonizado Europeo de seguridad industrial en el ámbito obligatorio y en el ámbito voluntario de la calidad industrial.

Los beneficios de pertenecer a un mercado de más de 501.259.840 [Eurostat, 2010] consumidores potenciales contrarrestan los posibles inconvenientes que pueden surgir en la adaptación de las particularidades nacionales al espacio europeo.

En las líneas directrices propuestas por la Comisión Europea sobre Política Industrial en la Europa Ampliada ya se contemplaban las diferentes valores necesarios a implantar en la Europa industrial para superar con éxito los continuos obstáculos a los que la industria es sometida, más agudizados si cabe con la actual crisis económica, [COM 714, 2002].

La competitividad industrial presenta tres factores fundamentales que merecen especial atención: el conocimiento, la innovación y el espíritu de empresa:

1. Europa necesita estar en la vanguardia del conocimiento. Como ya se ha señalado en múltiples ocasiones, para que el conocimiento pueda ponerse a disposición de la industria, es preciso realizar un mayor y más eficaz esfuerzo en los campos de la educación, la formación profesional y la investigación. Asimismo, es indispensable desarrollar tanto las nuevas tecnologías (TIC, biotecnología, nanotecnologia), como los niveles de cualificación y know-how que son precisos para su utilización.
2. La industria europea necesita también hacerse más innovadora. Es imprescindible que todos y cada uno de sus sectores y actividades se hallen en la posibilidad de renovar, perfeccionar y mejorar permanentemente sus productos, servicios y métodos, y, para ello, deben crearse las condiciones que permitan impulsar con vigor los procesos innovadores.
3. Europa debe, asimismo, desarrollar su capacidad emprendedora para aceptar riesgos y crear nuevos y más amplios negocios. Fáciles de contentar con un limitado crecimiento de sus compañías, los ciudadanos europeos parecen muy poco dispuestos a correr riesgos empresariales y a reconocer y recompensar la contribución social de los que sí los asumen.

La política industrial, que por naturaleza es de carácter horizontal, tiene por objeto garantizar el establecimiento de unas condiciones marco favorable a la competitividad de la industria. Sus instrumentos, que son los propios de la política de empresa, pretenden crear el entorno necesario para que los empresarios y sus sociedades puedan acometer iniciativas, explotar sus ideas y desarrollar sus oportunidades.

El espíritu de innovación tiene que llegar a la propia política industrial, impulsándola, entre otras cosas, a desarrollar unas formas nuevas de regulación que, implicando un menor grado de injerencia y centrándose más en los resultados que en los medios utilizados, dejen a la industria el margen suficiente para encontrar sus propias soluciones técnicas y la muevan a asumir sus propias responsabilidades.

En el marco actual de grave crisis económica, resultan muy actuales las palabras de Jean Monnet en sus memorias [1976]:

“Las raíces de la Comunidad son ya fuertes, penetran hondo en el suelo de Europa. Han sobrevivido a las malas estaciones y pueden soportar otras. Superficialmente, las apariencias cambian, y es normal que a lo largo de un cuarto de siglo se sucedan las generaciones con ambiciones diferentes y se borren las imágenes del pasado, que se renueve el equilibrio del mundo.

Cuando se observa la persistencia del sentimiento europeo en este marco de constante mutación y la estabilidad de las instituciones comunitarias nadie puede dudar que se trata de un poderoso movimiento de fondo a la altura de las grandes épocas de la historia”.

Resulta imprescindible, el avance en la construcción del Mercado Interior para los socios comunitarios, que deben hacer frente común a los avatares de la crisis actual, resultando destacables los siguientes esfuerzos:

1. El cumplimiento de los plazos de transposición de la conocida como Directiva de Servicios ha sentando las bases de funcionamiento de una de las cuatro libertades básicas del sistema comunitario, afectada por múltiples restricciones: la libre circulación de servicios.
2. Entrada en vigor el 1 de diciembre de 2009 del Tratado de Lisboa, esencial para garantizar un funcionamiento correcto y eficaz de la Unión en un contexto de creciente globalización y competencia ante otras economías mundiales, y de sus instituciones, clave en una unión ampliada [ICE, 2010].
3. Propuesta de Directiva sobre los derechos de los consumidores, presentada el 8/10/2008.
4. Directiva 2009/22/CE PE y CE, de 23 de Abril, relativa a la cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores.

Repasando el panorama legislativo actual de la Unión Europea, se comprobará el grado de avance en la consecución de los objetivos del Mercado Interior en cuanto a la libertad de circulación de mercancías y de establecimiento y prestación de servicios, examinando el impulso proporcionado a la práctica del reconocimiento mutuo tanto en sectores armonizados como aquellos que no lo están.

Se estudiará la transposición al ordenamiento jurídico español de la nueva Directiva de Servicios, que ha obligado a realizar importantes modificaciones en la normativa reguladora industrial y se identificará, el comportamiento de las actividades de normalización, certificación y acreditación, así como los nuevos ámbitos de desarrollo de los Sistemas Integrados de Gestión y las vinculaciones normativas de la Seguridad General de los Productos.

1.2.- ANTECEDENTES DE FORMACIÓN DEL MERCADO INTERIOR EUROPEO

Europa se encontraba sumida en una profunda devastación tras la Segunda Guerra Mundial, Alemania estaba destrozada en términos de pérdidas en vidas humanas y daños materiales. Francia y Reino Unido si bien resultaron oficialmente vencedoras frente al conflicto, también sufrieron un importante deterioro de sus economías y prestigio a nivel mundial.

En los años siguientes, los resentimientos y la desconfianza entre las naciones europeas, dificultaban una recuperación. En este contexto, el entonces Ministro francés de asuntos exteriores, Robert Schuman [1886-1963], en colaboración con Jean Monnet [1888-1979], elaboran la Declaración Schuman el 9 de mayo de 1950, fecha hoy considerada como de nacimiento de la Unión Europea.

"Europa no se hará de repente, ni en una construcción de conjunto. Se hará por medio de relaciones concretas, creando antes una solidaridad de Hecho” [Declaración Schuman, discurso pronunciado el 9 de mayo de 1950].

Jean Monnet concibió la estrategia de comenzar por la integración económica de Europa, para fomentar así una solidaridad material que contrarrestará los particularismos nacionales y fuera una base para una futura unión política. “La unión será alentada por la dinámica de una realización inicial que debe dirigirse al punto donde se cristalizan las resistencias” [Jean Monnet, 1976].

Se buscaba una fórmula pragmática “lo que haría falta es construir algo alrededor de una Unión Franco-Alemana, encontrar un sistema en el que no comprometiéramos solamente nuestras palabras sino nuestros intereses” [René Lejeune, 2000]. Así nació la primera propuesta oficial concreta de Integración de Europa, el gobierno francés propone "colocar el conjunto de la producción del carbón y el acero bajo una autoridad común, en una organización abierta a la participación de los demás países de Europa” [Declaración Schuman, Discurso de 9 de mayo de 1950].

Por ello quienes intervinieron en la fundación de la CECA resolvieron actuar sobre uno de los nervios vitales de las crisis históricas que asolaron el continente europeo, las industrias de base, “las cuales como cualquier instrumento económico o tecnológico, pueden estar al servicio de la unión o desunión, del conflicto o del acuerdo ” [Jean Monnet, Noviembre 1977].

En la primavera de 1951, se firma el Tratado de París que institucionaliza la Comunidad Europea del Carbón y el Acero (CECA), concretando la propuesta de Schuman. Los países conocidos como “los seis” (Alemania, Francia, Italia, Países Bajos, Bélgica y Luxemburgo), lograron un entendimiento para favorecer el intercambio de las materias primas necesarias en la siderurgia, con el fin de dotarse de una capacidad autónoma de producción.

Con la firma de los Tratados de Roma en mayo de 1952, se da un mayor impulso, planteando una meta más ambiciosa, un Mercado Común, que permitiría la libre circulación de personas, mercancías y capitales. La entidad institucionalizada por este Tratado fue la CEE (la Comunidad Económica Europea), supranacional y dotada de capacidad autónoma de financiación. Así mismo se constituyó una tercera comunidad de duración indefinida, el Euratom.

En 1965, se fusionan los ejecutivos de las tres comunidades europeas por medio de la creación de la Comisión Europea (CE) y el Consejo Europeo. Tras la sucesiva incorporación de Países (el 1de Enero de 1986, España paso junto con Portugal a ser miembro de pleno derecho de la CEE), en febrero de 1986 se firma el Acta Única Europea, que fija la consolidación del mercado interior.

En los anexos al final del presente documento, se puede encontrar una cronología detallada de formación de la Unión Europea.

El Mercado Interior de la Unión Europea, es una combinación de unión aduanera y zona de libre comercio, donde sus miembros actúan como un bloque al comerciar hacia el exterior y anulando entre ellos los aranceles en frontera y permitiendo la libre circulación de personas, capitales y servicios. Lo que conlleva la libre prestación de servicios y libertad de establecimiento de empresas:

“1.- La Comunidad se basará en una unión aduanera, que abarcará la totalidad de los intercambios de mercancías y que implicará la prohibición, entre los Estados miembros, de los derechos de aduana de importación y exportación y de cualesquiera exacciones de efecto equivalente, así como la adopción de un arancel aduanero común en sus relaciones con terceros países.
2. - Las disposiciones del artículo 25 y las del capítulo 2 del presente título se aplicarán a los productos originarios de los Estados miembros y a los productos procedentes de terceros países que se encuentren en libre práctica en los Estados miembros” [Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, 2006].

El Acuerdo de Schengen, firmado el 14 de junio de 1985, tiene como objetivo finalizar con los controles fronterizos dentro del espacio de Schengen para armonizar los controles fronterizos externos, con la creación de una zona de libre circulación

Recientemente Francia, Italia y Dinamarca han logrado forzar una reforma del Tratado de Schengen que permite la libre circulación de personas en los Estados Miembros de la Unión Europea que lo han firmado. Parece que hay acuerdo de la mayoría de los países para restablecer los controles fronterizos en circunstancias muy excepcionales, pero también hay países que se oponen: España, Bélgica y Malta. Sin embargo, existe unanimidad, en mantener la libre circulación porque es uno de los principales logros europeos, así como en reforzar las fronteras exteriores en mejorar la colaboración con terceros países para el control de los flujos migratorios.

El Espacio Económico Europeo (EEE) comenzó a existir el 1 de enero de 1994, mediante un acuerdo entre países miembros de la Unión Europea (UE) y de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA).

Mientras las barreras arancelarias son cada vez menores, las barreras no arancelarias, las normas técnicas y las regulaciones que afectan a los requisitos de los productos, servicios e indirectamente a los procesos de producción, cobran una mayor importancia [Blanco y Bustos, 2004].

1.3.- INSTRUMENTOS DE AVANCE EN EL MERCADO INTERIOR EUROPEO

La libre circulación de mercancías es una de las piedras angulares del Mercado Interior, para su consecución se establecieron dos objetivos básicos: eliminar obstáculos técnicos al libre comercio comunitario y crear un espacio armonizado de seguridad industrial en Europa. Los mecanismos establecidos para lograr estos objetivos se basan en evitar nuevas barreras al comercio mediante el reconocimiento mutuo, la armonización técnica y el establecimiento de la conformidad de la producción mediante un enfoque modular.

1.3.1.- PRIMER PASO: EL RECONOCIMIENTO MUTUO

El mercado interior se caracteriza por la existencia de una enorme diversidad de productos, lo que constituye una potente ventaja para la Unión Europea, pero obliga a garantizar un nivel de protección elevado, tanto para los consumidores, como para el medio ambiente.

Esta diversidad constituye una riqueza considerable para los consumidores europeos y, al mismo tiempo, es fuente de competitividad para las empresas europeas. Además, con la ampliación de la Unión Europea, la expansión del comercio mundial y la liberalización creciente de los intercambios, todo ello combinado con el rápido desarrollo de las nuevas tecnologías de fabricación y distribución, sin duda en los próximos años aumentarán de manera sustancial la diversidad y la complejidad técnica de los productos.

A pesar de los avances que la Comisión ha tenido ocasión de observar en el transcurso de los últimos quince años en materia de libre circulación de mercancías y pese a la normativa comunitaria en el ámbito de la seguridad de los productos, la diversidad puede seguir siendo fuente de incertidumbre o de inquietud tanto de las administraciones nacionales como de los operadores económicos. La Comisión ya ha observado que un gran número de operadores económicos y de administraciones nacionales no sabe con exactitud hasta qué punto los productos que no son objeto de una armonización en el ámbito comunitario pueden acceder al mercado de otro Estado miembro sin necesidad de adaptarse a las normas del Estado miembro de destino.

El reconocimiento mutuo constituye así un medio pragmático y potente de integración económica y un mecanismo muy importante para gran número de sectores de la industria y los servicios.

El principio de reconocimiento mutuo tuvo su origen en la propia creación del mercado único, concretamente en su parcela puramente económica, cuando la Comisión Europea decide instaurarlo tras determinadas sentencias del TJCE (Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas), especialmente, la dictada en el célebre asunto Cassis de Dijon, a fin de salvaguardar las claras diferencias existentes como consecuencia de la variedad de legislaciones estatales en materias directamente relacionadas con la libertad de circulación de mercancías y, ante la ausencia de una armonización en dicho campo y la dificultad de conseguirla [González Vaqué, et al., 1997].

El fallo de Cassis de Dijon, ha sido confirmado posteriormente en reiteradas ocasiones, como en las resoluciones del TJCE: sentencia “Keck y Mithouard”, de 24 de Noviembre de 1993; sentencia “Fresas” de 9 de diciembre de 1997; sentencia “Foei grass” de 22 de octubre de 1998 [Aranzadi], y más recientemente defendida contundentemente por la Sentencia del TJCE de 16 de Octubre de 2008, Asunto C- 452/06, “Synthon”, reiterando que la existencia de un riesgo para la salud pública es uno de los únicos motivos que un estado puede invocar para oponerse al reconocimiento de una autorización de comercialización (AC) concedida por otro.

Synthon consideró que el Reino Unido incumplió esta norma cuando denegó la Autorización de Comercialización de Varox alegando simplemente que no era similar a serotax, pero sin dar motivo alguno por el cual entendía que reconocer la Autorización de Comercialización concedida por Dinamarca podía presentar un riesgo para la salud. Además el TJCE, constató que el Reino Unido al analizar la solicitud de Synthon, no decidió recurrir al arbitraje europeo.

Ante el desconocimiento de un producto que no responde textualmente a las normas técnicas del Estado Miembro destino, la actitud de la administración suele ser de incertidumbre, lo que se traduce en excesiva prudencia por parte de las autoridades nacionales, que rechazan la comercialización del producto o dificultan su acceso al mercado nacional.

Por este principio se garantiza a los Estados Miembros, la libre circulación de mercancías y servicios sin que sea necesario armonizar las legislaciones nacionales, simplificando los trámites y ganando en agilidad y economía de medios. Para ello la evaluación que lleve a cabo cualquier Estado Miembro sobre la calidad, seguridad y eficacia de un producto o servicio ha de ser aceptada por todos los demás miembros, que no pueden prohibir su venta aunque las condiciones técnicas o cualitativas difieran de las impuestas a los productos propios.

Existen excepciones a este principio de reconocimiento Mutuo:

1. Que la medida sea necesaria para satisfacer requisitos obligatorios de interés general que justifiquen una excepción a una regla fundamental del Tratado como lo es la libre circulación de mercancías (salud pública, protección de los consumidores o del Medio Ambiente, lealtad de las transacciones comerciales, etc.), es decir todas las que contempla el art. 30 del Tratado de la Unión Europea, protección de un interés público general de carácter imperativo.
2. Que resulte proporcionada, adecuada y no excesiva en relación al objetivo a conseguir.
3. Que sea el medio que menos restrinja el comercio.

El ámbito más apropiado para aplicar el reconocimiento mutuo lo constituyen, los sectores no armonizados a nivel comunitario, caracterizados por la ausencia de una normativa común en cuanto a la materia y producto concernido, pero garantizando la aplicabilidad del principio de libre circulación de mercancías al conjunto de productos tanto armonizados como a los que no lo están [Garcia-Denche Navarro, 2009].

Según la Jurisprudencia Comunitaria para que un Estado Miembro deba indemnizar a un particular por una violación del derecho Comunitario deben reunirse tres condiciones, a saber:

1. La norma jurídica incumplida, debe tener por objeto conferir derechos a los particulares.
2. El incumplimiento debe estar suficientemente caracterizado y
3. Debe existir una relación de causalidad directa entre el incumplimiento de la obligación que incumbe al Estado Miembro y el daño sufrido por el reclamante.

El Principio de Reconocimiento Mutuo se aplica tanto a especificaciones técnicas del producto como a los procedimientos del control al que el producto haya sido sometido en otro Estado Miembro.

Los Estados Miembros que se disponen a promulgar una disposición nacional en un ámbito no armonizado pueden recurrir a la “Cláusula de Reconocimiento Mutuo”, que consisten en disposiciones incluidas en las normativas nacionales que regulan las materias no armonizadas.

Estas cláusulas facilitan considerablemente la aplicación del Reconocimiento Mutuo al tiempo que permiten informar de los derechos conferidos por el Derecho Comunitario a los afectados por la normativa favoreciendo el principio de Seguridad Jurídica [González Vaqué y Romero Melchor, 1997].

Por otra parte ha de garantizarse el principio de Subsidiariedad, que tiene por objeto garantizar una toma de decisión lo más cerca posible del ciudadano, comprobándose constantemente que la acción que debe emprenderse a escala comunitaria se justifica en relación con las posibilidades que ofrece el nivel nacional, regional o local. Concretamente, es un principio según el cual la Unión no actúa, excepto para los sectores de su competencia exclusiva, hasta que su acción es más eficaz que una acción emprendida a nivel nacional, regional o local.

El Principio de Subsidiariedad, esta estrechamente vinculado, a los principios de Proporcionalidad y de Necesidad, que suponen que la acción de la Unión no debe exceder lo que es necesario para lograr los objetivos del Tratado. Los Fundamentos jurídicos en los que se basa son:

1. Ninguna acción de la Comunidad excederá de lo necesario para alcanzar los objetivos del presente Tratado." [Artículo 3 В del Tratado de la Comunidad Europea, TCE].
2. Título I del Tratado de la Unión Europea (TUE) en referencia al artículo 3 В del TCE: "Los objetivos de la unión se alcanzarán conforme a las disposiciones del presente Tratado, en las condiciones y según los ritmos previstos y en el respeto del principio de subsidiariedad tal y como se define en el artículo 3 В del Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea".
3. Y en el Preámbulo del Tratado de la Unión Europea: "Resueltos a continuar el proceso de creación de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa, en la que las decisiones se tomen de la forma más próxima posible a los ciudadanos, de acuerdo con el principio de subsidiariedad".

Resulta difícil realizar una estimación precisa del alcance económico del reconocimiento mutuo con las cifras de que se dispone, que son las que indican el número de denuncias presentadas ante la Comisión, desconociéndose el número de casos en que los productores se han adaptado a las exigencias de los países o han retirado sus productos.

El informe “Kok”, publicado en 2004, apuntaba que si bien existían progresos considerables, la libre circulación de mercancías era obstaculizada por una serie de disposiciones locales. Para confirmar estos extremos, la Comisión realizó una consulta pública relativa al futuro del mercado interior [SEC 1215, 2006]. Las conclusiones de la Comisión se presentaron dentro de la Nueva Estrategia de la Comisión para el Mercado Único en el siglo XXI, el 14 de Febrero de 2007, “El Mercado Interior de Mercancías, Pilar de la Competitividad Europea” [COM 35, 2007], y se resumen:

1. Algunas normas técnicas nacionales, en particular en sectores no armonizados, siguen obstaculizando el libre comercio.
2. Algunas normas de la UE resultan incoherentes u onerosas.

A este respecto la Comisión propone atacar con cuatro iniciativas:

1. Propuesta de reglamento por el que se establezcan los procedimientos que la Autoridades nacionales deban utilizar cuando aplican normas técnicas nacionales a productos comercializados legalmente en otro Estado Miembro. Establecimiento de “Puntos de contacto de productos”, con la finalidad de informar sobre las normas técnicas aplicables.
2. Acreditación y vigilancia, certificaciones expedidas por laboratorios y centros acreditados deberán aceptarse en toda la Unión.
3. Conformidad, simplificar los procedimientos de evaluación de la conformidad de los productos.
4. Guía del ciudadano sobre el traslado de vehículos en la Unión Europea.

Para la remoción de los obstáculos en el Mercado Interior, España ha desarrollado los siguientes proyectos:

1. Proyecto Línea abierta, puesto en marcha en el año 93 con la colaboración de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) para la identificación de problemas en el Mercado Interior, que a través de la Subdirección General de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior en su calidad de “Punto de Contacto para las empresas”, centraliza las actuaciones de toda la Red periférica de Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio, así como a la de Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior. Se han desarrollado 5 fases cuyos informes finales constituyen una fuente valiosa de información sobre el funcionamiento del mercado.
2. Punto de Contacto de la Directiva 98/34/CE, donde la citada Subdirección General anterior actúa como canal directo de comunicación con las Asociaciones Nacionales de Fabricantes y Exportadores en España, haciéndoles participes activos de los mecanismos de la Directiva.
3. Sistema de resolución de conflictos en el Mercado Interior, mediante la Red SOLVIT, red en línea que permite encontrar soluciones extrajudiciales a las denuncias de los consumidores y empresas relativas a una incorrecta aplicación de la legislación europea por parte de una Administración Pública.

Este último proyecto fue creado por recomendación de la Comisión de 7 de diciembre de 2001 para la utilización de SOLVIT (Red de resolución de problemas en el Mercado Interior, 2001) y ratificada en las Conclusiones del Consejo de 1 de Marzo de 2002. En Mayo de 2008, la Comisión publicó un plan de acción para racionalizar el conjunto de la información existente y los servicios de asistencia, incluida la red SOVIT [SEC 985; 2005], para ayudar mejor a los ciudadanos y a las empresas a entender mejor y hacer un uso pleno de sus derechos y beneficios en la Unión Europea [SEC 1882; 2008].

La Comisión vela por la mejora de los servicios de la red SOLVIT y en su Documento de trabajo de 27 de septiembre de 2005 relativo a la red SOLVIT [SEC 543; 2005] muestra como en 2004, registro un aumento del 73% en el número de casos tratados respecto a 2003, el plazo de aceptación o rechazo se redujo a menos de una semana y el porcentaje de resolución de asuntos alcanzo el 80%.

En 2009, respecto al libre movimiento de mercancías, SOLVIT manejo y concluyo 58 casos, 37 fueron resueltos lo que da un ratio de resolución del 64%, se detectaron los siguientes problemas:

- Las Compañías no eran capaces de utilizar los resultados de los tests realizados en laboratorios certificados en otros Estados Miembros.
- Los registros electrónicos requieren tarjetas para autentificar la firma y están solo disponible para los nacionales.
- Injustificados requerimientos para embalar productos en ciertas cantidades prescritas.
- Medidas desproporcionadas de protección al consumidor.
- Diferente clasificación de productos en diferentes países.
- Autoridades nacionales promocionan solo la compra de productos nacionales.
- Requerimiento de tener un representante para poder aplicar a una autorización de reconocimiento mutuo.
- Prohibición de comercializar ciertos productos no armonizados que están legítimamente comercializados en otro Estados Miembros.
- Subvenciones nacionales que en la práctica solo pueden recibirse cuando se compran productos nacionales.

Los ámbitos más afectados son los productos alimenticios, electromecánica, vehículos, metales preciosos, construcción y química.

Respecto al acceso al mercado de servicios se atendieron 28 denuncias de las cuales solo 13 fueron resueltas, un ratio de 46%, detectándose los siguientes problemas:

- Requerimientos de establecimiento para que este permitido proporcionar servicios.
- Altos precios de entrada a museos para los no nacionales, sin válida justificación.
- Injustificados requerimientos de una licencia para proporcionar servicios.
- No aceptación de certificados de seguridad nacional para prestar servicios en otro país EU-EEA (European Union, European Economic Area).

Los ámbitos más afectados son comunicaciones comerciales, construcción, agentes de patentes y servicios de seguridad.

El procedimiento de información en el ámbito de las normas y especificaciones técnicas, de acuerdo con la Directiva 98/34/CE, posteriormente modificada por la Directiva 98/48/CE (ampliando el ámbito de aplicación a los servicios de la sociedad de la información), establece un periodo de 3 meses (“standstill period") antes de adoptar cualquier propuesta de regulación por parte de cualquier Estado Miembro. Este procedimiento no sólo garantiza un diálogo fluido entre la Comisión y los Estados Miembros, sino que permite mejorar la calidad de la legislación nacional y contribuye a reducir cargas burocráticas. También es un buen instrumento para que los Estados Miembros aprendan como los demás se enfrentar con determinados problemas.

Todas las propuestas notificadas están disponibles al público en la base de datos TRIS (Technical Regulations Information System) y se estima que en más del 95 % de los casos ha dado resultados positivos [DG Enterprise and Industry, Unit C/3].

Para la aplicación del Reconocimiento Mutuo, la Comisión Europea, publicó una comunicación interpretativa 2003/C265/02 a modo de guía orientativa, con el objetivo primordial de resumir los derechos a los que pueden acogerse los operadores económicos cuando tienen problemas para introducir sus productos en el mercado de otros.

El reglamento CE n° 764/2008 (ha derogado y sustituido a la Decisión 3052/95/CE), por el que se establecen procedimientos relativos a la aplicación de normas técnicas nacionales a los productos comercializados legalmente en otro Estado Miembro, aplicable desde el 13 de Mayo de 2009, es conocido como Reglamento de Reconocimiento Mutuo y surge de la constatación de que siguen produciéndose frecuentemente problemas en el comercio intracomunitario:

1. Por exigencias nacionales que disuaden a las empresas, o que las obligan a adaptar sus productos.
2. Por falta de conocimiento del Principio de Reconocimiento Mutuo por las propias empresas.

El objeto de este reglamento son las decisiones administrativas de los Estados Miembros, basadas en normas técnicas nacionales, respecto de productos comercializados legalmente en otro Estado Miembro, que tengan por efecto: prohibir la introducción en el mercado, modificar el producto o exigir un ensayo adicional y la retirada del producto.

En conclusión, los Reglamentos CE n° 764/2008 y n° 765/2008 junto con la Decisión n° 768/2008/CE constituyen un avance muy importante en la práctica del Reconocimien­to Mutuo como instrumento para garantizar el cumplimiento del Principio de libre circulación de mercancías entre los Estados Miembros de la Unión Europea y este paquete de medidas tendrá impacto en un gran número de sectores industriales, representando un volumen de mercado de aproximadamente 1.500 billones/ año.

Se estima que también se reforzará el comercio de un amplio rango de productos pertenecientes a ámbitos no armonizados, que representan más del 15% del mercado interno de mercancías [ec.europa.eu].

1.3.2.- SEGUNDO PASO: LA ARMONIZACIÓN TÉCNICA DE LAS LEGISLACIONES

Los artículos 28 y 29 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea (TCE) prohíben las restricciones a la importación ya la exportación entre los Estados Miembros y establece el instrumento de la armonización de las legislaciones [art. 94 a 97].

La Comisión en su comunicación titulada “Armonización Técnica y Normalización: Un Nuevo Enfoque” (basada en la Resolución del Consejo, de 7 de Mayo de 1985, relativa a una nueva aproximación en materia de armonización y de normalización, así como en sus propias conclusiones relativas a la normalización de 16 de Julio de 1984), propuso una revisión de los métodos y procedimientos, estableciendo disposiciones reglamentarias generales aplicables a sectores o familias de productos, así como a tipos de riesgo.

Los principios fundamentales que se establecieron en dicha revisión son:

1) Los Estados Miembros se comprometían a examinar constantemente las normas técnicas aplicables para comprobar su eficacia y detectar las que resulten obsoletas o innecesarias.
2) Los Estados Miembros garantizaban el reconocimiento recíproco de los resultados de los exámenes y pruebas practicados a los productos y se comprometen a implantar en sus respectivos territorios normas armonizadas relativas al funcionamiento de los organismos de certificación
3) Los Estados Miembros deben aceptar una rápida consulta Comunitaria si existe la sospecha de que los procedimientos reglamentarios nacionales o las propuestas reglamentarias ponen en riesgo el buen funcionamiento del Mercado Interior.
4) Referenciar a normas, principalmente europeas, para formular las características técnicas de los productos especialmente en materia de seguridad y protección de la salud.
5) Reforzar la capacidad de normalización a escala Europea.
6) Los organismos europeos de normalización deberán aprobar normas para su adopción por los Estados Miembros.

Las orientaciones generales del nuevo enfoque quedan reflejadas en los cuatro principios fundamentales establecidos por el Consejo:

1) La armonización legislativa se limita a unas exigencias esenciales de seguridad (u otras exigencias de interés colectivo) a las que deben ajustarse los productos comercializados y que, por ello, se benefician de la libre circulación en la Comunidad.
2) La elaboración de especificaciones técnicas de fabricación se confía a los órganos competentes en materia de normalización industrial, que desempeñan esta tarea teniendo en cuenta el estado de la tecnología.
3) Estas especificaciones técnicas no tienen ningún carácter obligatorio. Conservan su condición de normas obligatorias.
4) Las administraciones han de atribuir a los productos fabricados de conformidad con las normas armonizadas una presunción de conformidad con las exigencias esenciales que establece la Directiva. En el caso de que el productor no se atenga a estas normas, le incumbirá la carga de la conformidad de sus productos con las exigencias esenciales.

Se establecen dos condiciones básicas para que este sistema pueda funcionar:

1. Las Normas deben asegurar una garantía de calidad del producto conforme.
2. Las autoridades públicas deben velar por la protección de la seguridad en sus territorios.

El Nuevo enfoque fue completado por la resolución del Consejo de 1989, relativa a un Enfoque Global de la evaluación de la conformidad estableciendo los siguientes principios para las distintas fases de los procedimientos de evaluación de la conformidad:

1. Existenciademódulos.

[...]

Final del extracto de 571 páginas

Detalles

Título
Implicaciones del Espacio Armonizado Europeo de Seguridad y Calidad Industrial en las Metodologías de Gestíon de Proyectos Sostenibles
Universidad
Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales
Curso
2011
Calificación
10,00
Autor
Año
2011
Páginas
571
No. de catálogo
V192362
ISBN (Ebook)
9783656172697
ISBN (Libro)
9783656173274
Tamaño de fichero
23157 KB
Idioma
Español
Palabras clave
Metodoligías Ägiles, Dirección de Proyectos;, Seguridad y Calidad Industrial;, Espacio Armonizado Europeo;, UNED;, Ingeniería Industrial;, Lean Manufacturing;
Citar trabajo
María del Prado Díaz de Mera Sánchez (Autor), 2011, Implicaciones del Espacio Armonizado Europeo de Seguridad y Calidad Industrial en las Metodologías de Gestíon de Proyectos Sostenibles, Múnich, GRIN Verlag, https://www.grin.com/document/192362

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